La Taberna del Puerto Sergio Ponce
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Originalmente publicado por Juanitu Ver mensaje
La bandera en embarcaciones de recreo debe ir izada al salir y entrar a puerto entre el orto y el ocaso solares o habiendo luz suficiente. También "en puerto" de orto a ocaso.

Estando en puerto en teoría no la puedes quitar. Yo sí lo hago porque se estropea mucho.
Tengo una bandera en un asta móvil y la pongo y la quito. De hecho la quito siempre para amarrar porque voy de popa y molesta la vista.

Te dejo ESTE ENLACE sobre curiosidades sobre el pabellón nacional. El cofrade Sargazos preguntó, y yo que estaba hecho un novato de primera contesté, y me corrigieron debidamente..... Y de ahí surgió la idea de hacerme una buena ficha sobre el uso del pabellón. Ficha que por cierto no he acabado nunca

El caso es que la corona azul sigue siendo el distintivo de los barcos de recreo pero eso viene de normativas y reglamentos de 1867 , 1875 y 1945 nada menos.


La expresion que utiliza el Real Decreto 2335/1980, de 10 de octubre, por el que se regula el uso de la bandera de España y otras banderas y enseñas a bordo de los buques nacionales, que es la unica norma que regula ese uso aplicable a las embarcaciones de recreo, deportivas, de pesca, mercantes, etc. de pabellon español es "de sol a sol". La expresion "desde el orto hasta el ocaso" parece que la emplea la normativa militar. Y, de hecho, toda esa otra normativa que citas en el post que has linkado no tiene nada que ver con las embarcaciones de recreo ni es aplicable. Parece que los que te corrigieron no dieron ni una... (eso es lo que tienen los foros, que todo vale). Ya puedes tirar esa ficha y quedarte solo con ese RD, que es el unico que vale.

Por otra parte, ademas, me parece que Picon se interesaba por los casos de banderas extranjeras en aguas del Estado español, y no por las disposiciones aplicables a las embarcaciones de ese pabellon.

Editado por Tupac A. en 20-02-2014 a las 22:43.
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Sergio Ponce


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