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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#9
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Hola de nuevo.
Las autonomías se suelen regir por los datos del listado del BOE, que cambian cada año. Se dice que es un listado de precios medios de venta, por lo que pueden variar, pero no sé cómo lo calculan. Supongo que un barco de 35 años no estará en el listado y el impuesto regirá por el contrato de c-v, pudiendo ser más fácil reducir la cantidad a pagar de transmisión. Pero también puede hacer, si nos pasamos, que a la Agencia Tributaria le resulte incorrecta, sospeche y quiera hacer una valoración del precio justo, modificando la cantidad de la base imponible en función del valor que le den. Mi barco no estaba en el listado y tiene 12 años de antigüedad, pero estaban el anterior y posterior en eslora de la misma marca, por lo que tiré por la calle del medio y según la desvalorización que sufre la embarcación (20% 12 a 13 años para el barco y 14% para el motor) ajusté la cantidad en el contrato por encima del valor (base imponible) que me dió y aboné el 8% por ser superior a 8 m de eslora. No me dedico a esto y quizás no me exprese bien, pero así entendí yo el proceso. Si me equivoco, por favor corregidme. Por lo que si un puma26 está en el listado por 19000€, tiene > 14 años, pues vale para hacienda como precio medio, 1900€ de base imponible mínima, pagando por tanto 76€, supongo. Saludos y brindis. |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a j.cricket | ||
Gaiao (07-03-2014) | ||
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