Cita:
Originalmente publicado por kike 4x4
 
Pero nadie aun a contestado a la pregunta como se empezó el hilo y también me interesa......¿Qué sanción tiene si llevas la balsa caducada?, ¿alguien le han sancionado por esto??.
Gracias
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Pues hace nada a un cliente mío, por llevar las balsas caducadas y algunas cosillas más ... le han soplado 30.000 del ala ... pero también hay que decir que no era un barco de recreo sino un remolcador.
Ahora no recuerdo si es infracción grave o muy grave en materia de seguridad marítima, la diferencia está en la cuantía máxima, que en cualquier caso es muy elevada, pero lo que juega a nuestro favor es que no hay cuantía mínima, con lo que los capitanes marítimos pueden modular bastante el tipo de sanciones propuestas en materia de náutica recreativa.
Sin embargo, me sigue pareciendo un despropósito que la cuantía de la multa dependa del criterio del Capitán Marítimo que, si un día está cruzado o por el motivo que sea, puede meterte la misma sanción que a un petrolero. Sigo pensando que necesitamos una normativa específica para la náutica recreativa.



salud!!!