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Antiguo 25-06-2014, 11:58
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Predeterminado Re: Respuesta: Duda con el RIPA

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Originalmente publicado por jrodlop Ver mensaje
Conforme a la Regla 14 del RIPA

REGLA 14. Situación "de vuelta encontrada"
a) Cuando dos buques de propulsión mecánica naveguen de vuelta encontrada a rumbos opuestos o casi opuestos, con riesgo de abordaje, cada uno de ellos caerá a estribor de forma que pase por la banda de babor del otro.
b) Se considerará que tal situación existe cuando un buque vea a otro por su proa, o casi por su proa, de forma que de noche vería las luces de tope de ambos palos del otro enfiladas o casi enfiladas y/o las dos luces de costado, y de día observaría al otro buque bajo el ángulo de apariencia correspondiente.

c) Cuando un buque abrigue dudas de si existe tal situación, supondrá que existe y actuará en consecuencia.

La regla que se aplica a los veleros es la 12.

Estamos suponiendo en todo caso que los dos buques se propulsan unicamente a vela.

Por lo tanto: dos buques a vela nunca podrán estar en situación de vueta encontrada conforme al RIPA
Pues yo entiendo que entre dos buques navegando a vela que se puede dar una situación de vuelta encontrada.

En el libro “Prevención de abordajes en la mar. Análisis e interpretación del reglamento Internacional”, de Ricard Marí Segarra, se describe navegar de vuelta encontrada como:

“la navegación que realizan dos buques que siguen rumbos opuestos coincidentes, no paralelos, es decir, los que, según la jurisprudencia en estos casos, el rumbo de uno de ellos es de 180ºdel primero, con unos límites a babor y estribor de ese rumbo que no superen media cuarta (aceptándose el arco de 6º), o sea, que las posibilidades de que una situación sea considerada de vuelta encontrada, abre un sector de la rosa, con marcaciones de 12º, repartidos por igual a ambos del rumbo que se sigue. Cuando la marcación excede de ese valor sin superar las dos cuartas a popa del través, en lugar de crearse una situación de vuelta encontrada, se presenta una situación de cruce, siendo normada en la regla 15.
Por lo tanto, situación de vuelta encontrada excluye los casos:
1.Si ambos buques pasan claros babor con estribor o estribor con estribor.
2. Si se cortan la proa.
3.Si ambos buques ven las luces o palos del otro enfiladas bajo cualquier marcación excepto en las condiciones indicadas en el apartado b) de la Regla.”


Por ello, es una situación en la que se pueden encontrar dos barcos, independientemente de su propulsión, pues es posible que, por ejemplo, con un viento del N, un velero navegue con un rumbo 90º (de través), amurado a br y se encuentre con otro barco de vela navegando al 270º (también de través), amurado a er. Navegando en rumbos opuestos coincidentes estarían en una situación de vuelta encontrada...Otra cosa es que se aplique la Regla 14 o la 12, pero la situación de vuelta encontradaque existe.

Una de grog
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