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VHF: Canal 77 | ![]() |
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#1
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![]() Hola les comento he conseguido un velero de 9.25 de eslora bandera inglesa , el velero me lo da puerto a cambio de pagar 12 meses de puerto .
Mi duda ![]() UNA RONDA COFRADEZ --- ![]() ![]() ![]() ![]() ![]() ![]() ![]() |
#2
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![]() Tienes que conseguir la baja de bandera inglesa. con la baja y el comtrato de compraventa tienes la posibilidad de abanderar en belgica
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#3
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![]() lo del cambio de bandera m lo habia planteado para hacerlo en un futuro . Pero me gustaria conseguir hacer un seguro para poder salir a navegar ya ....ASI QUE COMO LO PUEDO ASEGURAR SIN EL CERTIFICADO DE NAVEGAVILIDAD ....
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#4
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![]() Es que si el barco está con bandera inglesa, en general no hay certificado de navegabilidad, sólo certificado de registro si está registrado en el SSR (Small Ship Registry), limitado a residentes en el Reino Unido. Por otra parte, si quieres mantener bandera inglesa siendo residente en España, puedes hacerlo a través del registro en lo que ellos llaman Chapter 1, y necesitarás los contratos de compraventa debidamente traducidos y un certificado de tonelaje expedido por un inspector reconocido por la MCA.
Si necesitas más información, puedes enviarme un correo a través de la Taberna o bien a jaime@nautiservice.es y estaré encantado de echarte una mano. Así el seguro podrá asegurarte ... también, si dispones del certificado de registro del barco podrías intentar negociar con alguna compañía aunque tendrás el problema de que, al no poder estar en el registro SSR, es posible que tengas que hacer el citado certificado de tonelaje que viene a ser el sustituto inglés del certificado de navegabilidad, o bien cabe la posibilidad de hacer el seguro a nombre del anterior propietario mientras arreglas el asunto de la titularidad. Todo esto a grandes rasgos y si no me he equivocado ... ![]() ![]() ![]() |
#5
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![]() Tienes varios asuntos aquí:
- actualmente tiene bandera inglesa, con el contrato compraventa el seguro tiene que poder darte cobertura: si el seguro te dice que no por falta de certificado de navegabilidad es que no saben. Solución: contacta con un intermediario que sí sabe: sergioponce@segurosparabarcos.com. - ¿puedes navegar con el barco teniendo bandera inglesa? Es dudoso: si la GC te para y pide documentos, tendrás un contrato compraventa entre el puerto y tu, mientras la documentación del barco está a nombre de algún ingles: Tendrás que poder demostrar la cadena de propietarios (el ingles, el puerto, tu). Si el puerto te da copia del contrato compraventa entre ellos y el ingles, eso está resuelto. Pero seguramente en este caso te van a hacer preguntas acerca de los trámites del cambio de propiedad, ya que en los documentos del barco (si los tienes) figura otra persona que tu como propietario... - cambio de bandera: tienes que conseguir la baja de bandera en Inglaterra si o si. Por el momento el barco está registrado ahí a nombre del anterior propietario (a no ser que él haya tomado iniciativa para pedir la baja). Al no ser residente en Inglaterra, no puedes pedir el cambio de propietario y seguir con la bandera inglesa. Por lo tanto tienes que matricular el barco en otro país. Si abanderas en España, tendrás un montón de problemas que resolver antes de que los de la DGMM estarán satisfechos. Como dice Mirtaf, con la baja y el contrato compraventa puedes abanderar en Bélgica (si quieres, me mandas un privado indicando tu email, marca, modelo y año de construcción para ver si hacen falta más documentos). Mientras el barco no tiene bandera, no puedes navegar. - impuesto de matriculación: no te olvides que para navegar con un barco de bandera extranjera, siendo español, tienes que pagar el impuesto de matriculación (12 % del valor del contrato compraventa).
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www.banderabelga.info http://www.youtube.com/channel/UCtQB...fT3-vzQ/videos Navegar sin problemas con la bandera belga |
#6
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![]() Cita:
Tranquilo Damarfu, hay soluciones para todos los problemas ![]() Solamente con ese contrato de compraventa, puedes abanderar en Holanda. Y con esa bandera, puedes obtener el seguro. Inglaterra dará (si no lo ha hecho ya) de baja esa bandera en cuanto el anterior propietario no lo haya renovado. El trámite en cualquier caso podrías hacerlo tú, suele ser sencillo y se hace por Internet. Actualmente hay muchos casos como el tuyo, mi propio barco fue así! barcos de subasta, abandonas en puerto o canjeados por la deuda... Se puede solucionar ![]() Es más: le estás quitando al puerto un problema de encima: ¡¡¡negocia bien ese amarre por un año!!!! Te cuento mi caso por privado... Cristina
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~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~ Guiral Asesoría Náutica (NIF: 38.085.879-H) Av Mistral 10, esc D 1º B 08015 Barcelona 93 325 41 61 // 629 54 57 94 info@guiralnautica.com |
Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a GestoriaGuiral | ||
Jucrisolduvai (19-06-2014) |
#7
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![]() muchas gracias a todos por acalrarme las dudas
![]() ![]() ![]() ![]() ahora estudiare la mas que me combiene ..les mantendre informadoss muchas gracias y una ronda para todossss ![]() ![]() |
#8
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![]() Hola Belga....
Un caso similar me ocurre, salvo que el anterior propietario al no ser UK no ha renovado la bandera... en este caso que se necesitaría para quedármelo y pasarlo a belga ???. Tendría la compra-venta (desde el primer dueño hasta mí) y los papeles... Commo lo verías para pasarlo a Belga ( es UK de 1.951 con motor original) ![]() Cita:
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TASHI DELEK !! |
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