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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#5
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podras ponerle el fueraborda que quieras, siempre y cuando no exceda la potencia maxima admitida por el barco y con el contrato de compra venta del motor seria suficiente. hace años se tenian que inscribir en la hoja de asiento del barco pero ya no es necesario.
un cosa importante y a tener en cuenta es que si el motor es de 4 tiempos mejor que de dos a no ser que sea inyeccion, por los temas de contaminacion te pueden poner problemas. yo en mi caso, he colocado un auxiliar de dos tiempos de ocasion, con su contrato de compra/venta, factura de compra original que me facilito el vendedor y fotocopia del DNI del vendedor siempre conmigo cuando navego. en la comandancia de Castellon, me dijeron que llevar ese motor no podia por ser dos tiempos y no figurar inscrito en el barco con anterioridad a no se que fecha por no se que ley, que si me paraba la patrullera y emitia expediente, cuando llegara a capitania el expediente no tendria mas remedio que sancionarme por tema medioambiental. fijate que incongruencia , voy con mi 70 hp carburacion y como esta en la hojita de marras del barco no pasa nada, eso si, me deja tirado y enchufo mi 5 hp para salir de un problema o no molestar a nadie y me multan, no me jodas........ que locura de pais. un dia que estaba la patrullera amarrada en mi puerto me dirigi a ellos y les pregunte directamente contando el caso, si por llevar el motor auxiliar me multarian y la contestacion fue clara: GC. a ti te sacaria de un problema y a mi de remolcarte? yo. si por supuesto GC. pues ves tranquilo que no se me ocurriria abrir expediente por semejante tonteria mientras este documentado el motor con los papeles que me dices. me han parado dos veces este verano y problemas 0. menudo rollo te he contado para responder a tu simple pregunta, disculpa. |
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