Bueno, pues como poseedor de un titulín, a medio plazo quedaré degradado a mindundi sin título por la nueva legislación.
Cuando me caduque el actual titulín, si quisiera acceder a las magníficas atribuciones de la licencia de navegación, tendría que realizar 4 horas de prácticas. Como que a estas alturas, después de 40 años haciendo el zanahorio en el mar, me repatea pagar por cuatro horas de prácticas que no me van a enseñar absolutamente nada, pues no accederé a la licencia de navegación y supongo que me quedaré sin ningún título.
La ventaja es que con la nueva normativa mi humilde esquife de 21 palmos y 6CV queda dentro de las atribuciones de los sin título. Como no acabo de captar la sutil diferencia entre las atribuciones de distancia de la licencia comparada con las de sin título ("2 millas
en cualquier dirección de un puerto, marina o lugar de abrigo" versus "2 millas de un puerto, marina o lugar de abrigo"), me quedaré sin título y sólo infringiré regularmente las limitaciones de distancia, como hasta ahora.
Alegría y que no decaiga.
