Cita:
Originalmente publicado por voypaya
La verdad yo no lo he entendido de la manera que planteáis el tema de la titulación, no habla de la nacionalidad del patrón, habla de su residencia si resides en España tienes que estar en posesión de la titulación española, si eres español pero residente en Holanda deberás poseer la titulación holandesa y en su consecuencia también deberás justificar tu inscripción en el Consulado español correspondiente; si eres holandés residente en España deberás poseer la titulación española correspondiente a la zona de navegación.
Unas ronditas 
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¿Cómo que no habla de la nacionalidad del patrón?
Dice que si la nacionalidad del barco coincide con la del patrón, se exige el titulo de esta. Si no, la del pais de residencia u (otra vez) de la nacionalidad...