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#1
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Buenas tardes, acaban de salir las notas de capitan de yate de andalucia y me ha quedado teoria del buque. mi pregunta si tengo realizadas las practicas de navegacion y radio y ya no convocan examen de teoria del buque puedo solicitar el titulo con las demas asignaturas aprobadas y con las practicas de navegacion y radio hechas, o tengo que realizar el curso de corto o largo alcance.porque si fuegra asi me presentaria en madrid a tb. muchas garacias,. y
![]() ![]() ![]() para todos |
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#2
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Ni idea, Santiago. Asegúrate bien que a mi estos cambios me causan desconfianza. Sólo asegurarse, claro, que por lo demás ya eres ¡Capi!
¡Enhorabuena una vez más! Esta no es virtual, nos la tomaremos cuando yo apruebe la que queda: ![]() Y esta también: ![]() |
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#3
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Buenas hasta donde yo se o apruebas tb y eres capitan o empiezas de nuevo todo con el plan nuevo te quedan tres convocatorias para el 2015 y aprobar tb o la plan nuevo tu mismo pero sin aprobar dificil q te den nada
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#4
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Buenas noches, pues nada, me han resuelto todas las dudas. os cuento:
Segun la Direccon General de Marina Mercante, si se tiene Teoria del buque pendiente, el 1o de enero de 2015 dejara de formar parte del temario de Capitan de Yate por lo que nadie se podrá examinar de esa asignatura y si se tienen las practicas hechas automaticamente se podrña solicitar el titulo y ninguna comunidad tiene transferidada la competencia del temario por lo que no podrñan negarse a concederlo. Distinto será si se tienen pendiente asignaturas distintas de Teoria del Buque y radiocomunicaciones; porque si que estaran en el temario de capitan y se convocaran exámenes, dando u n plazo de tres convocatorias para aprobarlas durante el 2015. asi me lo han explicado y asi os lo cuento. un saludo tino y por supuesto que brindaremos mas de una vez cuando apruebes calculos yo aprovechare la convocatoria de madrid mas que nada por solicitar el titulo por marina mercante si consigo aprobarla y de paso intento el peper. estamos en contactado. ![]() ![]() ![]() :br indis:![]() ![]() ![]() |
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#5
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Genial, ¡coincidiremos en el pper!
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#6
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Cita:
me podias decir donde esta escrito eso por favor por q yo me estoy examinando de cy y no entiendo q tu seas distinto a mi si yo tengo 6 examenes supongo q tu cuatro y la verdad no me cuadra por q entonces debieran dar un aprobado general a todos lo q me vendria genial o no ![]() ![]() ![]() |
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#7
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Vamos a ver, cuando hay un cambio de leyes o normativas, en la nueva siempre se regulan este tipo de casos en las llamadas disposiciones transitorias. Nada queda, o debe quedar a la interpretación que cada uno quiera o pueda hacer. Así, si nos leemos el nuevo RD875/2014, que regula las titulaciones nauticas, en la disposición transitoria segunda, apartado 3, dice así:
Cita:
Saludos. |
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#8
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Cita:
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#9
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esta claro si la competencia de los temarios de los diferentes titulos de recreo la tiene el ministerio de fomento y no va a convocar mas examenes de teoria del buque ni de radiocomunicaciones ya me contaras como te vas a examinar. esto no es cuestion de fe de creer o no creer es cuestion de logica. yo me he limitado a verificacar lo que la escuela CENAUTICA PUBLICÓ EN SU BOLETIN DE PATRON y me puese en contacto con MARINA MERCANTE e incluso me aconsejaron que no gastara dinero en presentarme mas a teoria del buque pues es cierto que no convocaran nada mas que las asignaturas que se requieren en la nueva ley. ahora el que quiera puede llamar a ala DIRECCION DE LA MARINA MERCANTE Y COMPROBARLO. no creo que hallan engañado a todas las academias como me han confirmado entre ellas las escuela de ABORDO, CENAUTICA, MEDIMAR en MALAGA etc. no lo matizan en ela orden porque esta claro que se respetaran las calificaciones que se hallan ob tenido de las asignaturas que componen el temario con la nueva ley así como en esta mueva ley no hay ni radio ni teoria del buque no se haran examenens de las mismas el que quiera que se presente pero hasta las escuelas lo han dicho.
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#10
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Cita:
Como tal, no lo indica en las disposiciones transitorias del RD. En ningún momento se dice que se convalidaran asignaturas. Por esa razón, si a mi me quedará pendiente de aprobar cualquier asignatura, y les dieran como aprobados a otros con radio o teoría del buque suspensa, supondría un claro agravio comparativo, motivo de un aluvión de reclamaciones. Desde el punto de vista legal, no lo veo. Saludos. |
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#11
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este es el enlace al boletin patron de cenautica donde leé lo que despues confirme http://boletinpatron.es/como-me-afec...ones-nauticas/
2.4.- Si estás obteniendo el título de Capitán de Yate: Hasta enero de 2015 el temario, exámenes y horas de prácticas seguirán siendo los mismos. A partir de enero de 2015 desaparece del examen teórico la asignatura de radiocomunicaciones y teoría del buque, por tanto, aquellos que no la hayan superado no tendrán que aprobarla ya, aunque el Real Decreto no parece claro en este sentido, en Cenáutica hemos consultado esta circustancia en la Dirección General de la Marina Mercante y así nos lo han aclarado, pero no parece que vaya a publicarse una corrección sobre esto. A partir de enero de 2015 el examen pasa a ser tipo test, hasta ahora el formato del examen era el que decidía el tribunal. Esto no significa que vaya a ser mas fácil o dificil ya que en definitiva dependerá de la complejidad de las preguntas. Será posible aprobar el examen completo o aprobar por módulos (asignaturas). En este segundo caso las asignaturas se guardarán solo durante dos convocatorias y la nueva normativa establece que para aprobar por módulos se debe hacer en la misma administración, es decir, ya no es posible ir a exámenes de diferentes comunidades autónomas para aprobar diferentes asignaturas en cada una. Respecto a las prácticas, se mantienen las 48 horas, aunque se podrán hacer seguidas, en lugar de hacerlo en 6 días, como se hacía hasta ahora. Las prácticas de radio de 4 horas se sustituyen por el curso de radio operador de corto alcance de 12 horas. Este curso de radio operador no será necesario hacerlo si se ha hecho con el título de PER. Las personas que hubiesen realizado en su totalidad alguna de las prácticas deberán completar aquellas que les falten de acuerdo a lo estipulado en este real decreto para la expedición del título a partir de enero de 2015, disponiendo de un plazo máximo de 24 meses, contados desde la entrada en vigor del nuevo real decreto, para cumplir los requisitos de expedición del título exigidos en ésta y realizar su solicitud. De lo contrario deberán someterse de nuevo a la totalidad de las pruebas. Aquellos que hayan aprobado el examen teórico (todas las asignaturas) de Capitán de Yate dispondrán de un plazo máximo de 24 meses, contados desde la entrada en vigor del nuevo real decreto para realizar las prácticas de 48 horas y el curso de radio operador de corto alcance. De lo contrario deberán someterse de nuevo a la totalidad de las pruebas según lo especificado en el nuevo real decreto. La recomendación para los que estén en esta situación es intentar aprobar todas las asignaturas en 2014 y realizar todas las prácticas en este año para evitar el aumento de horas. |
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#12
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No quiero ser pesado con este tema pero amí me sorprendio como a todo el mundo y pense que no seria cierto; pero he ido comprobandolo por diferente academias y todas dicen que efectivamente es así y si despues hay reclamaciones como dices tendrían que poner un doble tribunal me explico uno para la ley y otro para el decreto y doble dietas y doble personal etc,,, de todas formas estaba decidido a ir a madrid y si no aprobara a barcelona tambien; pero me han convencido y no voy hacer nada porque me han dado infinidad de razones y la de mas peso es que La direccion General de Marina Mercante ha reunido a los representantes de las academemias y les ha confirmado que es así y que queda bastante claro en el decreto y no hay que matizar pero si a ultima hora los tribunales le obligaran lo harian lo mismo que lo han hecho con lo de los buques de recreo privados de mas de 23 m y 3000 GT. un saludo
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#13
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Si yo estoy de acuerdo en que eso sea así. Pero no quita de que le veo desde un punto de vista puramente objetivo, máxime cuando no estoy en esa situación.
Deseo lo mejor para los que les afecte el cambio. Saludos. |
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#14
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Resumiendo... A quien solo le falte teoría del buque... Felicidades ! A esperar hasta el 10 de enero. Yo me presento en diciembre y no la estoy estudiando
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#15
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Pues todo apunta que asi es Pupukeo. Tu también te encuentras en la misma situación? si es así, virtualmente somos capitanes y el 10 de enero los reyes nos traeran el titulo,
![]() ![]() ![]() ![]() ![]() ![]() :cid5 :![]() ![]() ![]() ![]() enhorabuena |
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#16
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Hola
Yo he estado en la DGMM y allí me han dicho exactamente eso, a partir de enero si tienes todo aprobado menos la TB ya eres CY, si además tienes las prácticas entonces enhorabuena capitán, tienes 24 meses para pedir tu título. Buena mar. |
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#17
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¡Enhorabuena!
Por cierto, esa era una duda que me surgía, una vez aprobado todo, ¿24 meses para solicitar el título? Y yo que estaba estresado, y veo que hay tiempo. ![]() |
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#18
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Entonces al que nos falte calculo, meteo, radio y teoria del buque, a que nos presentamos?
Solo a Calculo y Meteo? ![]() Las tres convocatorias cuantos meses son (en Valencia). Lo sabeis alguno? El problema es que me voy a cruzar el charco y volveremos en Junio. A ver si me da tiempo, de lo contrario vuelta a empezar ![]()
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YO NO SOY FUNDADOR PERO ORGULLOSO DE SER SOCIO |
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#19
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Este país es maravilloso, me encanta. Cada uno lee las cosas a su modo, las interpreta como le conveniene y luego anima a los otros a ver si cuela.
1.- Los examenes que se convoquen del plan antiguo, nada tienen que ver con los examenes que se convoquen del plan nuevo, por temario, por tiempo, por sistema etc. 2.- Cuando se convoquen de Capitan de yate, abrá dos convocatorias, plan antiguo y plan nuevo, en el plan antiguo estarán TODAS las asignaturas que lo contienen, entre ellas teoría de buque y el sistema será de cálculos como siempre. 3.- Se tiene de tiempo para aprobarlas el que viene marcado en el RD. Una vez finalizado quien no tenga TODAS las asignaturas aprobadas tendrá que presentarse en el plan nuevo a TODAS las asignaturas, y no sólo le cambian las mismas si no el sistema de examinarse, tipo test y con mucho menos tiempo. 4.- De todas las cosas que se han escrito, la que menos entiendo es la que pone que el temario no estará transferido a las comunidades autónomas. Por si alguien no lo sabe cada comunidad autónoma realiza el temario como le place, sin tutorias de la DGMM como aquí se pretende. 5.- Dicho y puntualizado el tema, pues eso, a estudiar bien para presentarse a la única que queda que ya lo teneis, o bien para presentarse al plan nuevo. Supongo que detrás de las presiones de las academias con un razonamiento sin ningún fundamento sobre el sistema de convocatorias públicas (cosa que ya dice mucho de ellas...) abrá que no les sale a cuenta dar clases a 1 o dos personas por academia para una sola asignatura que ya no se dará en el nuevo plan. Otra razón no la encuentro. Lo que sí os puedo asegurar es que el viejo plan tendrá TODAS las convocatorias de examen, con examenes preparados según el viejo plan y con el tiempo previsto para ellos, hasta el cumplimiento del RD. Así que yo exigiría a las academias en las que habeis pagado que os den las clases que os pertocan y no se vayan por las ramas. |
| 2 Cofrades agradecieron a kuovadix este mensaje: | ||
josera (24-12-2014), North Side (24-12-2014) | ||
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#20
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Si es que está tan claro... Pero en fin
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#21
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Como ya dije anteriormente, eso es lo que se deprende del RD y si no le parecería extraño a nadie; pero la realidad es que no se convocaran examenes para las asignaturas que desaparecen y para comprobarlo no hay más que llamar a la Dirección General de la Marina Mercante en Madrid y he llamado dos veces y me lo han confirmado claramente, si llegado el momento no fuese así, sinceramente no entiendo a que viene tanto engaño sería estupido por parte de la DGMM decir algo que no va ha cumplir.
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#22
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Es cierto cada uno lee lo que quiere e interpreta a su manera, por eso a veces es bueno ir a la fuente y preguntar, no se si será lógico o no, legal o ilegal, pero NO hay más exámenes de la antigua orden fom que ha quedado derrogada.
Si les interesa a las academias o no, no lo se. De todas formas no pasa nada, la náutica de recreo es algo que hacemos por que nos gusta con lo que si estudias una asignatura como T Buque, aunque no te sirva para aprobar un examen estas haciendo algo que te gusta. Si tenéis dudas la DGMM lo clarifica de forma meridiana (la del lugar). No entiendo el interes de confundir a los demás, de todas formas la primera convocatoria en Madrid será en abril, y antes supongo que en alguna Comunidad habrá, ahí veremos, cuantos exámenes con la antigua norma de Teoría del Buque se hacen y eso disipará las dudas. Buena mar. |
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#23
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Para la solicitud del titulo No hay que tener aprobadas teoria del buque,radio y navegacion.Eso si:Sera obligatorio llevar un gps de respeto para los que no tengan esa asignatura aprobada.Enhorabuena a todos.
![]() ![]() Real decreto 2448-2014 de 15 de Diciembre. |
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#24
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Te falta algo. En una disposición transitoria de ese mismo Real Decreto, pone claramente que para sustituir la teoría del buque se debe llevar un transportador de metacentros, con su tablilla de desvios de escoras y con batería de respeto.
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#25
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Como esto es una taberna, y en las tabernas todo el mundo sienta cátedra junto a una buena copa de vino, sigamos en ello.
En la administración pública de acuerdo a la ley de procedimiento administrativo, se instruyen expedientes. Cuando te presentas a un examen que préviamente tiene que estar amparado en una convocatória pública, que ha sido publicada de acuerdo a un RD, se abre un expediente, en él ha de figurar cual es tu situación con respecto al RD que lo ampara. El expediente no se destruye nunca, y para cerrarlo con expedición de título de acuerdo a los requisitos marcados por el RD correspondiente o Ley. En el caso que nos ocupa, afirmas que un funcionario dice: que se convoca de acuerdo al RD anterior examenes para los que estan en situación intermedia con convocatorias pendientes, pero yo decido que no abrá exámenes de TB ni de Radio. Bien. ¿me quieres aclarar como y de acuerdo con que normativa se cerrará el expediente otorgando el título correspondiente, a los peticionarios sin incurrir en un delito de prevaricación? La administración pública mi querido amigo, no es la barraca del tio Gerundio, en la que se hacen las cosas de acuerdo a lo que un funcionario dice por telefono. Todo, TODO, está regulado y tiene que hacerse de acuerdo a un procedimiento préviamente establecido por normativa, o si no te cae la del pulpo. Así que sintiendolo mucho, de momento esto es así. Lo cual no quita, que pueda salir un RD que modifique el anterior, o se añada una disposición transitoria al que está a punto de ser efectivo en la que se especifique que aquellos que esten pendientes de examenes que no tengan efectividad de acuerdo a la nueva legislación quedan exentos de examinarse. En ese caso si que sería posible. Sólo hay un pequeño fallo, y es que si es así tendrían en su expediente dos RD, cosa que no se hace, o te ampara uno o te ampara otro. Si me permites un símil, es lo mismo que cuando se modifica el Código Penal, y tu has hecho un ilícito en el que te aplican uno, siempre te aplicaran el más beneficioso, pero para todo, no en un delito uno, y en otro delito que sea concurrente otro. Aquí es lo mismo, te puedes examinar con un RD o con otro, pero tu convocatoria de examen ha de ser bajo uno hasta cerrar el expediente, o bajo otro, no con unas cosas uno y con otras otro. Esto que os dicen, pedir la consulta por mail, que sea por escrito. Igual si lo haceis hoy, os lo contestan amablemente. ![]() |
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