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VHF: Canal 77 | ![]() |
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#1
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![]() Unos cubatitas que ya es la hora
![]() ![]() ![]() La cuestión es que si yo , viviendo en Andalucía , compro un barco , por ejemplo en Galicia , y liquido el ITP alli ( 1% frente al 4% ) ,se puede enterar la Administración andaluza de esta liquidación ?? Como ?? Que me puede pasar ?? Muchas gracias . |
#2
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![]() Si vives en Andalucía, es el 8% de ITP, y no te libra nadie pues la administración andaluza en estos momentos lo persigue todo, lo que le corresponde y más por si acaso cuela.
Y lo que te puede pasar es: desde nada hasta la revisión correspondiente con su importe+ intereses+sanción. Saludos.
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Buena mar y vientos moderados. "El ocio es un estado natural y bendito, el trabajo una necesidad antinatural" (Dicho tailandés) Editado por Pámpano en 22-08-2012 a las 12:19. Razón: ortografía |
#3
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![]() No es el 4% para menores de 8 metros de eslora ?? O es que lo han subido ??
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#4
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![]() La eslora no tiene nada que ver en ITP, ya se supone que a menor eslora, menor base impositiva.
Saludos.
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Buena mar y vientos moderados. "El ocio es un estado natural y bendito, el trabajo una necesidad antinatural" (Dicho tailandés) |
#5
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![]() Pues en la ley pone esto :
" Transmisión de bienes muebles y semovientes, así como la constitución de derechos reales sobre los mismos distintos a los de garantía:
2 % a la adquisición de vivienda para su reventa por una persona física o jurídica que ejerza una actividad empresarial a la que sean aplicables las normas de adaptación del Plan General del Sector Inmobiliario. 1 %, si se trata de la constitución de derecho reales de garantía, pensiones, fianzas, préstamos y la cesión de créditos. Según la escala de gravamen fijada en la Ley, para el caso de arrendamientos. " Luego si que distingue entre menor de 8 metros ( 4% ) y mayor ( 8% ) . O al menos eso pone en la página de la Junta . |
#6
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![]() Si lo que acabas de copiar, está en vigor, retiro lo escrito.
Saludos.
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Buena mar y vientos moderados. "El ocio es un estado natural y bendito, el trabajo una necesidad antinatural" (Dicho tailandés) |
#7
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![]() Salu2
Ese pago donde se ha de realizar, en cualquier oficina de hacienda ? en el registro de la propiedad ? |
#8
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![]() Cita:
Tienes que liquidarlo en las Comunidad Autónoma en la que residas. Saludos. |
#9
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![]() Me surge una duda sobre este hilo antiguo (rondas para todos mientras)
![]() Si yo resido en Madrid y voy a comprar una embarcacion en Andalucia donde esta y estara matriculada y amarrada, tengo que liquidar el ITP en Madrid donde es un 4% o tiene que ser en Andalucia donde es un 8%? Gracias de antemano a los expertos. |
#10
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![]() Donde tu resides.
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"Born to sail, but forced to work..." |
Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a RMR2ENG | ||
Gescriva (27-01-2015) |
#12
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![]() Correcto, domicilio fiscal.
Aprovecho este hilo para preguntaros porque he tenido un problema con mi gestoria (hace 1 año que compre el barco de 2º mano de Santander y yo domicilio fiscal en Madrid). Resulta que despues de casi ese año, la gestoria (que no si contarlo en un hilo TODOS los problemas que he tenido para que ningun cofrade caiga de nuevo con este sinvergüenza) aun NO me ha dado el papel de pago del ITP y según él, los fondos que le di al principio cubria ese gasto. Entiendo que ese papel es importante también por mi declaración de este año, verdad? En que me puede afectar? Lo dicho, no se si comentarlo en un hilo nuevo, ya no por el desahogo, sino para que esteis advertidos. unas rondas mañaneras ![]() |
#13
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![]() Cita:
Si no lo pagaste en Madrid (que es lo que corresponderia) y lo hiciste en Santander, te puede costar un viaje. No obstante si tienes ya hecha la transferencia del barco, en la hoja de asiento debe figurar el pago. De esa si que puedes pedir copia en Madrid en la DGMM. Y respecto a los 'gestores', hay de todo, pero a mi también me tocaron dos malos, nefastos, en barcos anteriores. |
#14
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![]() Muchas gracias por tu explicación Genoves, es verdad que en la hoja de asiento si viene esa información actualizada (aunque no la cuantía de la compra).
salu2 y ![]() |
#15
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![]() Puedes en cualquier momento pedir copia de tu expediente a Cantabria. Seguro que existe un trámite electrónico, previo pago de una tasa, seguro que menor que el pago a un gestor. Llama a la Consejeria en Santander, explica tu problema y, a veces, en la administración se resuelven problemas menores con amabilidad y buen rollo.
Y no estaría mal que contaras tus aventuras con la gestoría. Tienden a tener la solución administrativa de todo, gracias a sus 'contactos' y 'manejos' presuntos, y cobran por adelantado las 'soluciones'. Cuando no sabes, pagas y esperas. Sin dar nombres, se deben desenmascarar ciertas practicas, más caras y habituales en nuestro sector, aunque sólo sea como 'Avisos a navegantes'. |
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