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VHF: Canal 77 | ![]() |
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#1
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![]() Quisiera que alguien me aclarara, si es posible, una duda que tengo, es la siguiente, un barco con bandera Belga de 12 m. tiene alguna limitación legal, en cuanto a zonas de navegación, o por el contrario puede hacerlo sin limitación alguna, teniendo en cuenta que lo "pilota" un Patrón de Yate Español, y que pueden pedir la autoridades, a este patrón, tanto a nivel de titulación, como equipos del barco, si es sorprendido a 100m/n de la costa Española por ejemplo.
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Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a llanera | ||
DROIDE (01-02-2015) |
#2
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![]() Tienes que cumplir con la normativa belga de seguridad, teniendo eso creo que Bélgica no limita la distancia de la coste
Una ronda para los cofrades Enviado desde mi iPhone utilizando Tapatalk
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Nunca soplan buenos vientos para quien no sabe a que puerto se dirige ![]() |
#3
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![]() Con la bandera belga no existen zonas de navegación ni te exigen titulo, pero con el nuevo RD de titulaciones náuticas y siendo español te pueden pedir el titulo, el antiguo PY estaba limitado a 60 mn pero el nuevo a 150 mm, eso si hay que canjearlo, por otra parte el seguro normalmente te cubre hasta 200 mn
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#4
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![]() Ojo.... solo es necesario el título español en "aguas territoriales españolas", que si no me equivoco son 12 millas.
y dicho esto, puede un PER con bandera belga ir a baleares sin las prácticas complementarias?. |
#5
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![]() Las zonas no son de aplicación para los barcos con bandera de otro país. En el caso de los patrones o skipers, han de cazarte justo en la zona en la que infrinjas la normativa, y sólo podrán sancionarte (en el supuesto que te hagan una inspección fuera de zona) a ti como patrón, en ningún caso al barco que no está sujeto a jurisdicción española.
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#6
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![]() Como poder ir si puede,ahora si te paran: te crujen.
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