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VHF: Canal 77 | ![]() |
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#26
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![]() Pues aquí en Canarias, si te para Aduanas navegando, te piden los papeles y desde que ven que el barco había sido español, le sacan una foto a los papeles con el móvil y te dan una copia amarilla de que han revisado tus papeles para
que si te vuelve a parar un barco de Aduanas se lo enseñes y no te vuelvan a molestar. Muy eficientes y muy correctos ellos. Salud. ![]()
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Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a popeye IV | ||
xplanero (18-02-2015) |
#27
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![]() Cita:
Parece que tenga un imán para cuerpos de seguridad del estado ![]() ![]() |
#28
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![]() Bueno, a nosotros en Santander nos hizo una visita aduanas: carnets, preguntas, etc...nos dieron el papelito rosa diciéndonos lo mismo, que si nos volvian a inspeccionar lo enseñaramos. Pues bien, en Gijón nos volvieron a visitar, y cuando les enseñé el papelito, ni caso. Se ve que en estas fechas los barcos en tránsito son muy pocos y se aburren...
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#29
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![]() perdón...me he perdido. Que hay conque un barco con bandera holandesa esté mas de 6 meses en España? que no se puede??? los que pasamos a bandera belga u holandesa debemos salir del pais cada 6 meses? ...mi no entender...
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Mi aventura rodeando la península en solitario: http://veleroskorpyo.blogspot.com/ |
#30
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![]() Cita:
La cosa está en que un barco extranjero que pase más de seis meses en aguas españolas tiene que pagar impuesto de matriculación o salir del país (y luego volver a entrar si quiere). Si tu barco era español y has cambiado de pabellón se entiende que anteriormente estabas al corriente con aduanas (impuestos) por lo que no hay problema. Por lo que me ha parecido entender lo que le ha pasado al compañero que inició el hilo es que aduanas no tenía claro si el barco estaba exportado (cambio de pabellón) o era un barco holandés en tránsito que llevaba más de seis meses. Por lo que debía regularizar su situación. Pero siendo el caso de cambio de bandera ya está al corriente. Creo que van por ahí los tiros. Saludos. |
#31
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![]() No, ni hablar.
Atentado contra la libre circulación de personas y bienes dentro del territorio de la UE. Un barco con bandera de la UE puede permanecer indefinidamente en España. La diferencia la da la residencia del armador. Si es residente fiscal en España y tiene pagado o paga Edito: o está exento el impuesto de matriculación (IEDMT) no hay problema alguno. Si no lo es no tiene por qué pagar ese impuesto. Editado por Kane en 20-02-2015 a las 02:16. |
#32
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![]() Cita:
Por otro lado, Aduanas se toma la molestia de visitar los puertos y mirar que barcos tienen izada la bandera extranjera e investigan si tal o cual??? parece de película yanquee...
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Mi aventura rodeando la península en solitario: http://veleroskorpyo.blogspot.com/ |
#33
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![]() Estamos creando confusión. Voy a tratar de aclarar las cosas.
Mi respuesta a un post de Alber, con su cita correspondiente para indicar a lo que estoy respondiendo, para que no se salga de contexto, y quitando la palabra "edito", pero dejando lo que añado al corregir y haciendo algunos cambios menores por sintaxis y mejora de la comprensión, es: ******* Principio de copia "No, ni hablar. Eso es un atentado contra la libre circulación de personas y bienes dentro del territorio de la UE. Un barco con bandera de la UE puede permanecer indefinidamente en España. La diferencia la da la residencia del armador. Si es residente fiscal en España y tiene pagado o paga o está exento del impuesto de matriculación (IEDMT) no hay problema alguno. Si no lo es (no es residente fiscal en España) no tiene por qué pagar ese impuesto. Cita: Originalmente publicado por alber Ver mensaje La cosa está en que un barco extranjero que pase más de seis meses en aguas españolas tiene que pagar impuesto de matriculación o salir del país (y luego volver a entrar si quiere)." ****** Fin de copia Ahora voy a responder a tus preguntas, intercalando mis respuestas en la cita de abajo: Cita:
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#34
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![]() Aunque no estoy del todo seguro espero que mi anterior post deje las cosas claras y se entienda, al menos lo fundamental.
Si no lo he logrado, por favor, pasad de él. ![]() |
#35
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![]() jeje, tranqui, ahora ha quedado tan claro como la fresca lluvia en una tarde de verano
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Mi aventura rodeando la península en solitario: http://veleroskorpyo.blogspot.com/ |
#36
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![]() Voy a comentar un asunto que parece off-topic en principio, pero ya se verá.
Anteayer, justo un día antes de la parafernalia en TV para lo de la administración electrónica con el invitado de honor HP (Hewt Pickrd, no lo otro, malpensaos) me pasé por la intervención de armas de la GC. Tenía que justificar el mantenimiento de mis facultades psicofísicas para conservar las licencias de armas que poseo, por medio de certificado de centro autorizado, pago de tarifa y ¡atención! presentación en persona del papelito en dicha intervención. Se trata de que a los viejunos (60+) nos inspeccionen cada dos años y cada uno si somos más viejunos (70+). Hasta ahí bien. Pero llevaba otro papelito en el cual se recogía una información referente a que con fecha de 1 de marzo de 2013 (hace casi dos años) el ministerio de Interior modificaba el artículo 104 del Reglamento de Armas y entraba en vigor la disposición de que el propio centro de revisiones enviaría, por los medios a su alcance, dicho documento a la pertinente intervención. Para que los viejunos con nuestros achaques ¿? no tuviéramos que soportar las molestias de trasladarnos y más de forma innecesaria. Consultado si esa información era correcta con respuesta afirmativa tras consulta a superior, pregunto: Oiga... Y entonces ¿qué hago yo aquí? Porque el de las revisiones se ha negado. Dice que sí, correcto, pero la IA no tiene implementado el software necesario para hacer eso... Pero yo creo que con un email con firma electrónica o algo semejante no estaría mal... Respuesta: Sí, así es. Pero resulta que el proyecto piloto ¿? lo han asignado a la IA del pueblo B de al lado, y... (moviendo la mano derecha desde la muñeca en un vaivén de arriba abajo, como diciendo "piano, piano"). Curiosamente, la del pueblo B es la que en realidad me corresponde "utilizar", pero por la poca eficiencia de sus servicios me he decidido por la otra, que va bastante mejor, sin objeciones por su parte, pero con compasión. O sea, que la Administración a lo suyo, a los administrados que nos den. Y a la marcheta, que decimos por aquí. Que cada cual que extraiga sus consecuencias. |
#37
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![]() Las notificaciones de la agencia tributaria son a traves de correo certificado.
un saludo. |
#38
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![]() Cita:
Antonio Molina hoy en día no cantaría: SOY MINEROOOOO; cantaría SOY CONTRIBUYENTEEEEEE. ![]() |
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Ver todos los foros en uno |
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