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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#37
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Lo cierto es que la cosa no esta clara.
Hay dos papeles que si es seguro, que son: - Papel de compra-venta - Fotocopia del dni de la persona que te lo vende. Despues hay otro que unos dicen que es obligatorio y otros no. Y es un documento que acredite que la persona que te lo vende es su legítimo dueño. Lo mejor es la factura de compra, pero si el motor es antiguo y estubo acoplado en una embarcacion tambien vale un documento de libre disposicion o desacople. Los que dicen que SI es obligatorio alegan que han ido a preguntar a sus correspondientes Capitanias Maritimas e incluso a la propia GC y les han dicho que SI es obligatorio. Los que dicen que NO es obligatorio alegan que no hay ninguna norma que diga que dicho papel sea necesario y que por lo tanto la GC no tiene ninguna base sobre la que multarte. Yo te lo cuento de la manera mas objetiva que me es posible. Ahora tu decide.... |
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