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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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![]() ![]() ![]() En anterior Taberna puse un post de mi experiencia personal al traer el "Sonrisa", como es una pregunta que ciclicamente sale o bien me la hacen mediante correos privados parece que no sale facilmente en el buscador de esta Taberna, la he buscado en la antigua, la he encontrado y la vuelvo a poner aquí para que os sea mas facil encontrarla mediante el actual buscador. Es una recopilación del hilo. 1º) Localización del barco que quereis. 2º) Comparación de precios con otros de la misma marca y mas o menos el mismo año de contrucción, ojo puede haber mucha variación segun este tenga mas o menos extras (Aire Acondicionado, generador, tecno- logia reciente, etc. etc. Tambien comprobar en el registro de buques americano si el barco está registrado a nombre del propietario y sin cargas (Creditos pendientes) Existe una pagina WEB donde esto se puede ver, no la tengo aqui ahora mismo, pero la puedo encontrar mas tarde. Lastima no se pueda editar para añadirla aqui. (Ya está puesta, mirar mas abajo del hilo) 3º) Una vez puestos en contacto con el vendedor (propietario o broker) y se fije el precio, se firma un precontrato. Se suele depositar el 10% del valor acordado en lo que se llama "Escrow Account" (Especie de cuenta manejada por alguien im- parcial, en el caso que sea un Broker, estos la suelen tener) Es importante que el Borker este registrado en una asociación de primer orden. Por ejemplo "Florida Yacht Brokers Association" de orden estatal. Creo que tambien los bancos tienen este tipo de cuentas. 4º) Una vez hecho lo anterior y en un plazo de tiempo previamente acordado, el comprador puede de acuerdo con el vendedor o su Broker fijar una fecha para con o sin inspector (Recomiendo se haga con Inspector) se haga la inspección del barco y prueba de Mar del barco, los gastos de varada suelen ser por cuenta del comprador, aunque se puede tambien negociar, la prueba de tu interes en la compra queda reflejada en el deposito del 10%. Los inspectores suelen cobrar un precio de x dolares por pie de longitud. OJO: Muy importante que el inspector sea de reconocido prestigio, estos suelen estar adscritos a Asociaciones de Inspectores, son mas caros, pero saben de que vá la cosa. 5º) Si en la inspección todo está correcto se sigue adelante, si hubiese faltas de una importacia subsanable, se negocia la reparación pagandola el vendedor, se recomienda mejor la haga el comprador previo ajuste del precio de las mismas a descontar del precio de venta. En el caso fatal de que el barco no interese por estar en muy mal estado o con vicios ocultos, se rechaza y se requiere la devolución del 10% adelantado. Esto igualmente conviene especificarlo en el precontrato pa- ra el caso que las negociaciones de reparaciones no llegasen a buen termino. Si el barco pasa la inspección y sigue interesando se abona el resto o se fija la forma de pago si este es aplazdo mediante creditos etc. IMPORTATE ------------- Contrato de compraventa original y firmado por ambas partes. Fotocopia (mejor compulsada) del pasaporte del vendedor. 6º) Se trae el barco a España. Navegando o mediante transportistas como http://www.yacht-transport.com/index.php http://www.sevenstar.nl/ Una vez el barco llega a España, la Guardia Civil, precintará el barco en tanto en cuanto no se efectue el pago del 16% del I.V.A. asi como el 12% del Impuesto de Matriculación. No sési es obligatorio tambien pasar la ITB (Yo lo hice nada mas llegar y una vez pagados los impuestos) Una vez pagado todo esto os dejarán navegar con bandera USA hasta que tengais la española. Una vez efectuado esto se pueden iniciar los tramites de matriculación y abanderamiento en España, obligatorio para todo ciudadano español. Naturalmente la obligatoria inspección (I.T.B.) del barco etc.. Recordar que los elementos de seguridad de U.S.A. no son validos en nuestro pais, por lo que tendreis que comprar, chalecos, bengalas, boti- quin, radiobaliza, balsa etc. etc. Si el barco no cumple la normativa de homologación CE igualmente tendreis que contratar Ingenieros Navales que os realicen el proyecto etc. etc. No hay transmisiones patrimoniales en USA cuando el barco se marcha de allí, en Florida por ejemplo tienes seis meses para sacarlo, (como aquí), si fuese a quedarse en el pais, cada Estado tiene sus propios impuestos, en Florida de nuevo es el 6% (Igualito que aqui 16+12% ). Otros Estados (del interior) ni siquiera lo cobran pues ni siquiera lo consideran el que un barco pueda estar matriculado en Utah por ejemplo. Bueno lo anterior es poco mas o menos el procedimiento, como vereis aun cuando el precio del barco sea muy "entusiasmante" teneis siempre que contemplar la gran cantidad de gastos adicionales que una compra Como indique en el primer post, existe una pagina donde se puede saber si el barco que vas a comprar está registrado, se puede buscar por numero de registro o por su nombre. A los que les pueda interesar para un futuro esta es la pagina. http://www.st.nmfs.gov/st1/CoastGuard/index.html Importante ------------- Una vez comprado el barco, el vendedor ha de solicitar la baja en el Registro Norteamericano, sin ese documento las autoridades españolas no os lo abanderaran/matricularan. Importante lo especifiqueis en el contrato de compraventa. Por si alguno se lo pregunta, en mi caso lo hice porque despues de bus- car un barco como el "Sonrisa" por toda Europa, no encontre ninguno que reuniese sus para mi importantes "bondades". Incluso me llegue a plantear el mandarlo construir aqui, de hecho estuve en contacto con diversos Astilleros. Finalmente y despues de 11 años de persecución diaria (Y no es broma, en serio lo de diaria) conseguí el barco de mis sueños (No queria otro) al precio que aun sabiendo el costo adicional que tenia, tras 11 años de sueños furibundo ahorro me permitieron comprarlo. ¿Lo volveria a hacer? A pesar de todo, creo que si. Ya se sabe que los barcos no se compran con el cerebro, se compran con el corazon. Saludos Miahpaih ![]() ![]() ![]()
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Empleé casi toda mi fortuna en mujeres y barcos.¿El resto? ............. El resto simplemente lo malgasté.
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#2
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Miah,
Gracias por la magistral informacion. En mi caso, ya tengo el barco y el tema de aqui (USA) lo tengo muy asumido, pero del lado Espanyol ni papa. Si tengo la suerte de poder avanzar mi proyecto de regresar a Espanya seguro que tendre un monton de preguntas para ti y otros cofrades con similares experiencias. Por cierto no pudiste encotrar aqui (USA) una balsa que sirva en Espanya? Aqui tambien venden balsas homologadas SOLAS y ISO 9560(o algo asi ). No he podido encontrar una lista de modelos “homologados” en Espanya (puse un hilo al respecto hace algun tiempo). Que cosas! Supongo que tendre que venir con una balsa de alquiler o sin balsa. No quiero comprar una para tener que tirarla cuando regrese a Espanya. Saludos |
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#3
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![]() ![]() ![]() Cita:
y los chalecos salvavidas (Que aqui son enormes, antiguos) los aros salvavidas (Los americanos son mas pequeños, lo tengo a bordo, le pregunté al inspector que si se caia al agua y le tiraran el yanqui, si no lo cogeria, por no estar homologado en nuestro pais, se quedo mudo, jajajajajajajaja) Saludos Miahpaih ![]() ![]() ![]()
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Capitan Sardina (17-10-2008) | ||
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#4
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Pues no, la balsa no te servirá salvo que encuentres una homologada CE.
Todavía no sé que hacer con la que traje. Igual la termino abriendo para aprovechar algo de lo que lleve dentro ![]() Lo mismo con la radio: para obtener a licencia de navegación me pasó fue que montaba de origen una iCom M-422. En España la homologada es la M-421, idéntica salvo que la M422 puede manejarse también desde la bañera, mientras que la 421 solo puede manejarse desde la cabina, y, por lo tanto es inferior. Pues no hubo manera: tuve que cambiarla y poner la inferior Y así con todo lo demás, como dice el Barón: bengalas, aros salvavidas, etc...
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~~~~_/)~~~~ Buenos vientos Si funciona No Lo Toques!
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Capitan Sardina (17-10-2008) | ||
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#5
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Dios mio que pais!... Dan ganas de quedarse aqui (si no fuera que el jamon de aqui no es tan bueno como el serrano no se no se....)
Gracias por la informacion . Ya me lo temia. En todo caso si la balsa tiene el cerificado CE entonces si que vale? En algun sitio ha de existir una lista con las radios, balsas, etc "homologadas" no? En todo caso muchas gracias, es bueno saberlo ya que no tengo presupuesto para malgastar. Supongo que en este caso lo mejor es venir con balsa, baliza , etc de alquiler (o sin ellas). No se como estara la posibilidad de venir, pagar los impuestos de maticulacion, IVA (exento para emigrantes retornados), etc y mantener la bandera USA. Siempre es posible que tengamos que regresar a USA (mi mujer es de aqui y tenemos familia en los dos lados). Al menos no tendria problemas con el fisco. Realmente los papeleos que se exigen en Espanya me parecen absurdos. No si al final me tendre que hacer yankee !Copas de Bourbon o "coronas" (la birra yankee es una birria) para todos.Saludos Alex |
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#6
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Muy buena información
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#7
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Cita:
Quizas anunciandolo en los foros en "inglish" (http://www.cruisersforum.com/ o similar) a un precio atractivo puedas recuperar algo de tu inversion. Saludos, Alex |
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#8
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Pues si, es una idea
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~~~~_/)~~~~ Buenos vientos Si funciona No Lo Toques!
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#9
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Que bien, ahora me podré traer el McGregor que siempre soñé
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Miahpaih (19-10-2014) | ||
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#10
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Ya sé que el tema está megaenterrado, pero han cambiado mucho las cosas? Creo que ahora no se paga tanto iva, no?
Esta ronda la pago yo! |
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#11
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![]() ![]() ![]() Yo no he subido este post. 4 ![]() Mirar la fecha puede que algunas cosas hayan cambiado. No lo sé. Saludos Miahpaih (Que alguna vez fue valiente )Alguien dispuesto a enfrentar nuestros "floretes". De arcabuces, troneras y espingardas ya quedamos sordos. ![]() ![]() ![]()
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#12
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![]() ![]() ![]() Por cierto, marcho a comer unes fabes con amasueles. Y sidra, claro. Saludos Miahpaih (Oh). ![]() ![]() ![]()
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#13
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Espero las fabes sean homologadas, tocayo.
Y si ya nos pones los dientes largos con tu Bajel, no nos humilles ademas con tu dieta, home ![]() Suerte y culines (sean de vidrio o de universitaria) ![]()
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Marina Seca (11-06-2015), Miahpaih (10-06-2015) | ||
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#14
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Hay que ver que la ponen difícil. Yo tengo un catalina de 30 que lo uso en el caribe donde vivo y pensaba llevárselo cundo regrese a España, pero con tanto rollo habría que sacar muchos numeros.
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#15
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Buenas, y unas birras, esto si fuera hoy con bandera belga, seria diferente, claro esta .....con la baja de bandera usa, te darían el alta en Bélgica ? que hablen los expertos...
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Quién mira fijamente al mar ya está navegando un poco. Paul Carvel. http://www.vigonavega.com/ https://navegaybucea.com/ |
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#16
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Y después de abanderar belga, tendrías que ir igualmente a aduanas a pagar el impuesto de matriculación español, aunque lleves bandera belga, para poder navegar en España. A no ser que te lo dejes fuera de España y consigas que no te pillen.
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#17
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y que pasa si compras un barco en eeuu y al traerlo le pones bandera holandesa o belga?
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Mi aventura rodeando la península en solitario: http://veleroskorpyo.blogspot.com/ |
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#18
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Cita:
Pues en ese proceso te harán pagar, y a base de bien. |
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#19
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Mas o menos un 33% del valor del barco.
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#20
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Si el barco va a navegar en España. Seas de donde seas, o líquidas el impuesto de matriculación, e iva, o barco precintado.
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#21
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El barco tiene que estar al corriente de impuestos de algún país de la UE, pero si el propietario no reside en España no tiene que pagar la matriculación española. Que alguien me corrija si no estoy en lo cierto.
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#22
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Si el propietario, no es residente en España, el barco solo puede navegar X días al año, el resto, precintado o fuera del agua. Lo que no se es cuantos días son.
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#23
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Cita:
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#24
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Cita:
A) Armador residente en la UE pero no en España y bandera UE: el barco no tiene que precintarse ni salir de aguas españolas ni europeas, basta con que tenga el IVA pagado. El problema es que si detectan que el armador pasa más de 183 días en España furante un año, pueden "residenciarlo" a lo bruto y reclamarle el Impuesto de Matriculación como se explicó hace un par de años en un hilo de esta Taberna que no he podido encontrar (soy muy malo con el buscador). B) Armador residente en la UE con bandera de tercer país: tiene que hacer la importación y liquidar el IVA porque,. como lo pillen a bordo, se expone a tener que pagar IVA más recargo más multa e, incluso, en función del valor del barco y el importe del IVA a una acusación por delito fiscal. C) Armador NO residente en la UE con bandera de tercer país: El barco tiene que salir de aguas europeas cada 18 meses, lo que suele hacerse es ir a repostar o hacer algún trabajo de mantenimiento a Gibraltar o Marruecos, también había quien iba a Túnez, pero con el lío que hay allí ahora a Túnez ya no va casi nadie. En este caso, importación temporal, no hay que pagar el IVA, y puede interrumpirse el período de importación temporal solicitando un precinto voluntario a Aduanas, que no implica sacar el barco del agua, se puede hacer mantenimiento pero no moverlo del amarre, si lo quieres sacar del amarre para lo que sea hay que pedir un desprecinto y luego volver a precintar si se quiere que se interrumpa el período de 18 meses. Por otra parte, si sacas el barco del agua sin pedir el precinto no se interrumpe el período y los 18 meses siguen contando. Ojo con dejar el barco a invitados residentes en UE o España si el armador no está a bordo, pues si te pillan te llega directamente una liquidación de IVA y, si los invitados son residente en España, de regalo viene el impuesto de matriculación. Una vez más, tenemos el tema de los 183 días, pero no sólo en España, sino que el período de permanencia máxima en territorio UE para un no residente es de 183 días por año, ya sea seguidos o en diversas estancias. Por otra parte, el armador puede optar por liquidar el IVA para evitarse complicaciones, y entonces el barco deja de estar en importación temporal y puede permanecer indefinidamente en aguas comunitarias. Aunque hay alguna administración de aduanas, como la de Palma, que es un tanto peculiar para estas cosas y hace cosas raras. D) Armador no residente en UE con bandera UE: aquí ya entran los países y cómo lo ve cada uno, en vez de un post me haría falta un libro. Disculpad el tocho, espero haber aclarado algo aunque realmente este tema se desvía un poco del que inició el hilo. ![]() ![]() salud!!!!Editado por Jadarvi en 10-06-2015 a las 12:51. |
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#25
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Cita:
Esto es algo que he preguntado varias veces en varios sitios. La última vez en este foro, ayer. He obtenido varias respuestas (tal vez por cambios en la legislación). Mis últimas noticias son que uno puede dejar el barco el tiempo que sea en España siendo ciudadano UE no residente en España (es decir, el barco estaría en España pero el propietario no). Digamos que la presencia del barco en España no significa nada de cara a la residencia. ¿Pero dices que pueden "residenciarlo"? Es algo que me gustaría tener claro para saber si puedo dejar el barco en España un tiempo o no, y planear en consecuencia. En mi caso concreto soy inglés de nacionalidad y residencia, y el barco tiene bandera británica y está al día de todo según la legislación de mi país. Muchas veces he dejado el barco en Francia tras alguna regata ya que no me daba tiempo para volver por cuestiones meteorológicas, pero ha sido por poco tiempo. Es bastante común dejar el barco en marinas francesas incluso de forma permanente. En el caso de España y Grecia parece que ha habido gente que se ha encontrado con problemas en el pasado. Es difícil saber los detalles de las leyes de España, Grecia, Italia, etc si van cambiando. España podría ser una base interesante por unos años (Canarias para cruzar el Atlántico, la costa Mediterránea o Baleares para navegar por el Mediterráneo con vuelos baratos a Inglaterra). Gracias por la respuesta. |
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