![]() |
![]() |
|
VHF: Canal 77 | ![]() |
![]() |
![]() |
![]() |
![]() |
#1
|
||||
|
||||
![]() Hola a todos y unas birras a todos.
Os quiero plantear un problema que tengo y ando bastante perdido, voy a intentar exponer lo mejor posible mi problema y espero que alguien pueda echarme una mano. Pues bien, resulta que hará unos meses adquirí un barco de pesca tipo bassboat de 21 pies a un amigo mío. Este barco se trajo de usa mediante una empresa que ya no existe.. El caso que de este barco no dispongo de papeles, únicamente tengo los papeles de cuando se trajo el barco de usa, un papel de orden de entrega, otro de el cual es de la empresa que la trajo donde pone el modelo del barco, num de serie y el coste, y otro de la comunidad europea en el cual pone de donde viene el barco y el coste del iva etc... Y por último que casi se me olvida un papel tipo diploma que pone certificate of title donde sale el modelo del barco, año de el casco y el titular en cuestión del barco en usa. Pues el caso es que a día de hoy el barco es mío pero en ningún papel certifica que el barco es de mi poder ya que tanto el antiguo propietario como yo no constamos por ningún sitio,la compre porque el antiguo propietario es de gran confianza aunque ya sabemos que un barco sin papeles es ilegal venderlo... Ahora bien, en estos momentos no se bien bien que debo hacer, para poder navegar en pantanos o aguas interiores no es necesario tenerla matrículada en marina mercante, ni tampoco es necesario tenerla matriculada para solicitar un permiso de navegación de una cuenca hidrográfica, pero cuando me parasen navegando y me pidan papeles no tengo cuales presentarles, de ahí que agradecería mucho que opciones hay para sacarle algún tipo de documentación para navegar tranquilo sin preocupaciones y cuando me pararan pudiera demostrar algún tipo de papel conforme que el barco es de mi poder y esta ok para navegar. Valdría con algún tipo de registro marítimo..? La verdad que estoy perdidisimo ![]() Por último decir que este barco lo equipe no hará mucho con un suzuki df-250-TX comprado en España. Muchísimas gracias a todos de antemano y haber sí alguien me ayuda a aclararme un poco con este caso. PD: Me han comentado en una asesoría que con que pida el permiso de navegación de la cuenca en la cual quiero navegar, una vez me la autoricen con la matrícula que me asignen, por poner un ejemplo, de la cuenca hidrografica del Ebro , matrícula ( CHE-9095-M ) que sobre esa matrícula es posible registrar el barco a mi nombre y seguidamente sería posible matricularla en marina mercante, pero no se bien bien sí es posible esto o por el contrario es imposible.... En fin, soy todo oídos !! ![]() |
#2
|
||||
|
||||
![]() Pero vamos a ver el barco tendra un titulo de propiedad de su anterior dueño en USA? Es imposible que no lo tenga, asi como una matricula
![]() ![]() ![]() Saludos. Coronadobx |
#3
|
||||
|
||||
![]() En cuanto al título debe de ser el papel el cual tengo que es verde y es como un diploma en el cual pone el modelo de barco/año y número de serie y el titular de la embarcación.
Por otro lado tiene una matrícula aún en el casco del barco que es de Florida. En cuanto al resto nada más.. ![]() |
#4
|
||||
|
||||
![]() |
#5
|
||||
|
||||
![]() Cita:
__________________
PepeDiazD9 ~ Jeanneau Merry Fisher 480 ~ Huelva ![]() |
#6
|
||||
|
||||
![]() Cita:
La potencia sobretodo le sacamos partido a la hora de competir en las competiciones de pesca a la hora de recorrer las distancias en el menor tiempo posible y sobretodo llegar los primeros a los sitios querenciosos y poder aprovechar más hasta el último minuto antes de llegar a la meta y a posteriori a pesaje. Nunca sobran los cv, creo que la potencia en las barcas es primordial cuando hay mal tiempo.. Siempre puedes poner menos cv pero ya sabemos que pasa, así que siempre montar la potencia máxima recomendada. Dicho esto a ver que me dicen referente a el papeleo que me trae por la ruta de la amargura ![]() Editado por Rober Ranger en 16-06-2015 a las 00:40. |
#7
|
||||
|
||||
![]() Cita:
![]() |
#8
|
||||
|
||||
![]() Cita:
Saludos. Coronadobx |
#9
|
||||
|
||||
![]() Cita:
Por eso ahora estoy intentando legalizarla medianamente para poder navegar tranquilo y sí el día de mañana quisiera venderla hacerlo bien sin tener que venderla a un amigo mío de confianza al no traer registro o papeles digamos... Ahora me siento sin saber por donde tirar y nadie me sabe decir con exactitud que se podría hacer ![]() |
#10
|
||||
|
||||
![]() Pero sin titulo no se como lo vas a legalizar. Es decir como demuestras que es tuya? Te sugiero que te gestionen el traspaso de titulo en Florida, luego lo des de baja, lo autentifiques en el comsulado y asi tendras mas opciones de legalizarla
Saludos. Coronadobx |
#11
|
||||
|
||||
![]() Además sin certificado de conformidad CE... complicado.
__________________
"Born to sail, but forced to work..." |
#12
|
||||
|
||||
![]() Cita:
|
#13
|
||||
|
||||
![]() Es un barco, o mejor dicho marca de barcos que en España hay muchos ( Ranger boats ), es más el otro que tengo también es de esta marca pero de unas medidas más pequeñas, de 18,8 pies en vez de 21,3...
Menudo jaleo ... |
#14
|
||||
|
||||
![]() Tendrias de hablar con el astillero y preguntarles si el barco ha sido producido de acuerdo con las normas CE (por ejemplo los Robalo si quieres que sea producido de acuerdo y con certificado de conformidad CE tienes de pagar un extra).
Si es el caso y con una copia del titulo de propriedad, a lo mejor te pueden emitir el Certificado de Conformidad CE para ese nr. de casco. Como se te ha ocurrido hacer una importación sin estudiarla antes?
__________________
"Born to sail, but forced to work..." |
#15
|
||||
|
||||
![]() Cita:
Aquí el astillero: www.rangerboats.com |
#16
|
||||
|
||||
![]() Para eso existe el e-mail.
Todo es probar.
__________________
"Born to sail, but forced to work..." |
#17
|
||||
|
||||
![]() Ya lo intentado pero no me deja mandar emails a tal dirección de ese astillero
![]() |
#18
|
||||
|
||||
![]() Cita:
|
#19
|
||||
|
||||
![]() Le eso, te ayudará:
REAL DECRETO 544/2007, de 27 de abril, por el que se regula el abanderamiento y matriculación de las embarcaciones de recreo en la Lista séptima del Registro de matrícula de buques. Real Decreto 1435/2010, de 5 de noviembre, por el que se regula el abanderamiento y matriculación de las embarcaciones de recreo en las listas sexta y séptima del registro de matrícula de buques.
__________________
"Born to sail, but forced to work..." |
#20
|
||||
|
||||
![]() Cita:
|
![]() |
Ver todos los foros en uno |
|
|