Re: Adquirir un 2º motor para la neumática ¿Es LEGAL?
¿Nadie ha cambiado el motor de su neumática por otro de mayor potencia, etc. y se sabe el procedimiento?
Fui a capitanía de Valencia y pedí la documentación para matricular y para registrar. Y me dieron un papel muy curioso, la "declaración responsable" sobre el motor fueraborda. Firmas un papel en el que pones la marca, cilindrada, nº serie, etc. del motor en un epígrafe que comienza "DECLARO BAJO MI RESPONSABILIDAD QUE LOS DATOS DEL MOTOR SON..."; y acaba con que se han realizado los trámites de aduanas, pagado impuestos del motor, y que CUMPLE LOS REQUISITOS DE EMISIONES SONORAS Y DE ESCAPE.
No lo veo mal, aunque este papel creo que debe ser creación de esta capitanía, por el vacío legal que se ha creado en torno a los motores porque ya no se acoplan o desacoplan. Y también, porque si un motor antiguo se vendió legalmente en España y funciona bien, la ley dice que si se vendió hasta 1998 aunque no tenga marcado CE se puede utilizar porque en aquel tiempo el marcado CE no existía (lógico), pero ¿Y si el motor es anterior? No hay norma ninguna que yo sepa, solo dice hasta 1998.
|