Re: Tema extintores..
Con respecto a tu pregunta, en su momento consulté al inspector de buques sobre el tema y me respondió lo siguiente:
En cuanto al número y tipo de extintores cada embarcación debe de llevar el/los que se citan en la normativa atendiendo al tipo de embarcación y potencia de los motores pero en cuanto a instalaciones anti-incendios (por lo menos para zona de navegación 2) en caso de incendio en los motores se debe de poder aplicar el extintor sin necesidad de abrir la tapa.
Esto se soluciona con un extintor en la sala de motores con mecanismo accionable desde el exterior (como tú lo tienes) o bien haciendo un agujero (con una tapita) en un tambucho anexo o en el plan, donde embocar el extintor en su caso y vaciarlo directamente en la cámara.
Espero haberte aclarado algo.
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