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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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hola me han endorsado un barco con 15 cv de mas de lo que pone en documentacion/ potencia maxima 100 cv y lleva montado 115 cv es fueraborda he llamado al importador y dice que es potencia maxima recomendada pero que 15 cv mas lo aguanta perfectamente , que no haga caso y disfrute. mi pregunta es si es sancionable por la guardia civil cuando me pare y si es sancion grave o leve .gracias a todos![]() |
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#2
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En los motores de las motos se puede limitar la potencia máxima, supongo que la técnica también se podrá aplicar a un fueraborda.
De lo que no tengo ni idea es de los ouros que cuesta legalizar esa limitación.
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| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a Bob | ||
crujidin (19-01-2016) | ||
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#3
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Gracias no se por donde empezar
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#4
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Un pequeño consejo (si me lo aceptas).
Una cosa es la potencia máxima recomendada y otra la potencia máxima autorizada. Te pongo como ejemplo una zodiac PRO de 5m. que tengo en mi poder desde hace casi 15 años. La potencia máxima "recomendada" por el fabricante es de 80 CV, mientras que la máxima autorizada es de 90CV. El motor que ha llevado siempre ha sido un Johnson de 90 CV, y no he tenido problemas ni para el cambio de titular, ni para contratación de seguro, ni con la Guardia Civil, que me han parado varias veces, ya que con esa lancha y ese motor debía de tener una pinta de narco que asustaba. La unica limitación que he encontrado es que al llevar la potencia máxima no le he podido poner ni un auxiliar de 2,5CV, porque entonces ya iba fuera de normas. De todos modos casi todos los fabricantes tienen en cada gama de motores dos de identica cilindrada con dos potencias distintas, lo único que cambia es el regimen de revoluciones y el carburador/inyectores. Poniendo de ejemplo de nuevo mi motor, y aunque es un poco antiguo, el grupo OMC (Johnson/Evinrude) con una cilindrada de 1.690cc fabricaba el de 90 y el de 115CV, lo unico que cambia entre ambos es el régimen de giro y la capacidad del carburador. Probablemente puedas hacer esa limitación si la necesitas y asunto arreglado. (Hasta aqui en "versión legal ON"). Si activamos la versión legal OFF, al ser identicos los dos motores, si cambias la pegatina nada ni nadie lo puede apreciar, solo se podría ver en un banco de pruebas y dudo que lleven uno a bordo de la patrullera. Otra cosa es que este exceso de potencia pueda afectar a la integridad de la embarcación, lo solucionarías no llevandolo nunca a tope de revoluciones y teniendo un cierto control en las aceleraciones. |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a javimatu | ||
crujidin (19-01-2016) | ||
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#5
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En la documentación de la Barca pone potencia máxima ,no potencia máxima recomendada . Lo que me preocupa es saber a que cantidad de dinero me puede caer por incumplir esta limitación de potencia
me tocara ir a capitania he informarme, pero me tiemblan las piernas solo de pensarlo.A Nadie le a ocurrido algo de esto alguna vez.¿ |
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#6
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Y aunque le cambie la pegatina en la documentación del motor pone la potencia de este
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