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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#201
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Si el sujeto de todo análisis es el armador. (El mismo problema que en los coches)
¿qué enfoque tendría el usufructo? Es decir: Una empresa belga (casualmente de mi propiedad) es armadora de la embarcación. La empresa se dedica al charter nautico, alquilando por periodos quincenales el barco. Cuando no está alquilado, el barco permanece allá donde las condiciones eocnómicas lo aconsejen. Me ha alquilado el barco justo la quincena en que la GC me visita a bordo. Estoy de visita, y en breve devolveré el barco, posiblemente fuera de España. En definitiva no soy más que un mero "conductor ocasional", provisto de contrato y de titulacion española. Un saludo, de un novato, ![]() |
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#202
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Cita:
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#203
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. Slava Ukrayini!.
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#204
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Alguien se ha fijado en la fecha de los posts...no es por nada pero las legislaciones van cambiando....
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#205
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Cita:
Pues eso digo yo, de ahí mi sorpresa, con la de hilos recientes que hay con información actualizada, que re-aparezca esto del 2012 ![]() ![]() ![]() ![]()
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. Slava Ukrayini!.
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