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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#9
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Cita:
En todo caso, los vehículos históricos que sean considerados antigüedades, de acuerdo con el artículo 19.Dos de la Ley 19/1991, de 6 de junio, del Impuesto sobre el Patrimonio, tributan al 8%. C) En las demás transmisiones de vehículos, la cantidad a pagar se determina aplicando sobre la base el tipo de gravamen del 6%." El 10%, creo que es para las operaciones de compraventa de viviendas , anteriormente (hace unos 8 años), era el 4%. ![]() ![]()
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. Slava Ukrayini!.
Editado por markuay en 04-08-2016 a las 12:50. |
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