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Antiguo 23-08-2016, 14:07
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Predeterminado Re: Dudas itp banderas extranjeras.

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Originalmente publicado por Fernandom Ver mensaje
Entiendo que si el barco con bandera extranjera lo compra un español residente en España a un particular está exento de IVA, pero tiene que pagar el Impuesto Especial sobre Circulación de Medios de Transportes al navegar por aguas españolas. En todo caso, dirígete a la Agencia Tributaria para evitar sustos luego con la patrullera de Aduanas y con la de la Guardia Civil, que esos no dan puntada sin hilo cuando te paran, y luego ve a reclamarle al maestro armero.
De hecho lo que tiene que pagar en todo caso es el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP) a su Comunidad Autónoma, y solamente en el caso que la embarcación supere los 8 m. de eslora deberá pagar también el IECMT , pero atención si es inferior menos o igual a 8 m. debe presentar igualmente a hacienda el impreso de no sujeción a dicho impuesto!!

Editado por Garota en 23-08-2016 a las 14:07. Razón: error tipográfico
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Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a Garota
otoio (23-08-2016)
 

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