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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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Quisiera hacer una reflexión sobre lo de las 12 millas del Per y las aguas territoriales de 12 millas.
En principio parecen igual, pero no lo son por que la definición es diferente. Per .....en la zona comprendidaentre la costa y una línea paralela a la misma trazada a 12 millas. Mar territorial: 12 millas de las lineas base. Se entenderá mejor con un gráfico (gracias a Millometro). La GC del mar tiene potestad en aguas territoriales, que se extienden hasta 12 millas de la línea base (A-B) marcada por el instituto Hidrográfico entre cabo Salou y cabo Tortosa. El punto E (E-F) está a 12 milla aprox. de la línea base, pero a mas de 20 (D-E) de la linea de costa-. Por tanto la GC puede patrullar por zonas que los PER con 12 millas tienen prohibidas, y la zona es de casi 8 millas!!!. y esto en toda España. Por regla general las 12 millas de aguas territoriales superan ampliamente las 12 millas del PER. |
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#2
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Lo que no tengo claro del todo es que la zona de mar que queda entre la linea base y la costa sea aguas interiores.
Wikipedia. Aguas interiores. Las aguas interiores son aquellas que están situadas en el interior de línea base del mar territorial y cuyas aguas están sometidas a la jurisdicción del Estado ribereño. El límite exterior coincide con el interior del mar territorial. El límite interior coincide con la tierra firme (hasta el litoral costero o donde llega la acción de las mareas). Si es así, se produce una paradoja entrelas zonas de navegación. Con un barco despachado en zona 7 (aguas interiores), en esa zona se podría ir hasta casi 8 millas de la costa, mientras que un barco despachado para zona 5 (5 millas) solo podría llegar a 5 millas de la costa. Seguramente hay algo que he pasado por alto y las cosas puede que no sean tan kafkianas. Editado por pbs046 en 24-11-2016 a las 16:56. |
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