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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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Saludos y
![]() ![]() Alguno ha tenido la experiencia de tener un atraque en cesión (en Puerto deportivo Privado, concesión del Estado a una empresa privada, ahora transferida competencia a la Comunidad Autónoma correspondiente) y haya vencido el plazo de la concesión. Es decir, en su dia, adquirió los derechos de atraque de un pantalán, bien a la empresa concesionaria directamente o en posterior transmisión (en escritura pública y su correspondiente asiento en registro de propiedad de ese derecho. Que supuestos habéis tenido, según la empresa concesionaria haya prorrogado o renovado..., si ha cambiado la empresa concesionaria.. etc Saludos |
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#2
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Prorrogado, con el mismo club, y la única consecuencia es pagar, pagar, pagar, y pagar, para dejarlo bien bonito para cuando venza la próxima concesión devolverlo a la administración como nuevo y que no te crujan.
En resumen: Uno consigue el permiso para construir un puerto, lo paga de su bolsillo, paga el canon de la concesión religiosamente cada año, y cuando se acaba la concesión debe retornar las instalaciones en perfecto estado a la majestuosa administración, que le pondrá nuevas condiciones si quiere renovar... ![]() ![]() ![]() ![]() ![]() |
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#3
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Pero que pagos tuviste que hacer? La misma cuota de comunidad que estabas pagando? Alguna derrama extraordinaria?
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#4
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Una derrama de p... madre, y después a seguir pagando la nueva cuota bien aumentada.
Esto nos enseñó que hay que mantener toda la instalación en perfecto estado (dinero) o montar un fondo para reacondicionarla antes de que venza la concesión (dinero). De un modo u otro pagas y pagas... Suerte! ![]() |
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#5
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Y en euros cuanto?? Cuanto antes, cuanto la derrama? Cuanto la nueva comunidad?
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#6
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te cuento a mi me dijeron de 100 a 175 y aproximadamente 7500 por tres años de prorroga
despues se sacaba a concurso publico el puerto e imagino que de nuevo a pagar esa a sido mi experiencia por lo que me quedo de alquiler que haciendo numeros me sale igual de caro o barato pero me permite cambiar de puerto ![]() |
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#7
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Cuando se acaba la concesión, se acaba y punto. Tienes cero derechos legales sobre ella.
Lo que suele ocurrir es que se negocian porrogas a cambio de inversiones, y en cada concesión es 1 pequeño mundo. |
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#8
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Cita:
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#9
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En efecto, cuando se acaba la concesión, se extinguen todos los derechos. Pasas de ser "propietario" de tu amarre a inquilino durante las distintas prórrogas que se produzcan hasta que salga de nuevo a concurso y sea adjudicado a un nuevo (o al mismo) concesionario. En ese momento, el nuevo adjudicatario decidirá si quiere, a su vez, dar concesiones de puntos de amarre o simplemente alquilarlos. Lo normal es que una parte de los amarres vuelvan a ser adjudicados a los titulares anteriores ya que necesitarán fondos para hacer las mejoras que han establecido en su oferta. Pero en definitiva quedas en manos del nuevo concesionario, que hará lo que más le convenga, sin importarle nada los antiguos "propietarios". A mi me mataron con una subida de tarifas descomunal y tuve que irme de ese puerto, porque sólo querían barcos grandes.
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