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Antiguo 05-07-2017, 07:52
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Predeterminado Re: FUERA DE LAS AGUAS ESPAÑOLAS, alguien te pide el titulo?

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Originalmente publicado por Dr. Maturin Ver mensaje
Hola:

Lo primero, y para no perder la costumbre, una ronda para todos.

Sobre el tema discutido, una embarcación está sometida a la legislación de su pabellón p. ej. en cuestiones de Derecho privado (compra, venta, registro, hipoteca o propiedad...) y administrativas (titulación, material de seguridad a bordo...) independientemente de donde esté.

Adicionalmente, cuando entra o pasa por las aguas en las que otro Estado ejerce su jurisdicción también queda sometido a sus leyes de policía y públicas (por ejemplo, Derecho penal u ordenación de la navegación...) y en general a su "orden público" que debe cumplir, pues ejercita el denominado derecho de paso inocente.

En alta mar (no sometida a la jurisdicción de ningún Estado) rige la ley del pabellón igualmente, y te puede inspeccionar cualquier unidad naval de cualquier Estado, puesto que existen delitos que se persiguen internacionalmente (derecho de visita e inspección), unas veces cumpliendo requisitos previos y otras no.

Te puede parar la GC, el SVA o la Armada más allá del mar territorial (12 mn) o en alta mar (+200 mm)? Desde luego.

Te va a poner pegas una autoridad extranjera por tu título si esta emitido por el Estado de tu pabellón? Probablemente no hilen tan fino, pero no te olvides que se van armonizando legislaciones y que pueden remitir información al Estado de bandera, o tener normas que no conoces sobre la capacidad mínima para gobernar una embarcación.

Aparte, como ya te han dicho, de que no hay seguro que cubra hacer navegación de altura con el PER, como es lógico.

Se solapan los espacios marinos de los Estados limítrofes? No, existen reglas para determinar la extensión y alcance de los mismos en zonas colindantes que generalmente se plasman en un instrumento bilateral.

Buenos vientos.


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Eso si es una aclaración, te mereces un Luis Felipe 100 años. Muchas gracias
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Greatblue360


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