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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#5
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Cita:
Si es una compraventa entre particulares deberás liquidar el ITP. Si te lo vendió la náutica con factura (IVA), entonces no. No tienes que hacer ningún trámite respecto al IEDMT, puesto que afecta sólo a la primera matriculación definitiva, y esa embarcación ya estuvo matriculada en España. Aunque tengas ya en tu poder la ICP holandesa, no podrás navegar con bandera holandesa hasta recibir la Baja de la DGMM. Si tiene el certificado en vigor puedes navegar con la española hasta ese momento. Saludo
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shamrock (17-07-2017) | ||
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