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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#26
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oponerse "por instinto". Lo que hay que hacer es no ponerse nervioso, buscar un buen abogado y denunciarlos. Y seguir insistiendo hasta que paguen. Al final les tocará pagar con costas e intereses. Salud y ![]()
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![]() El cruce del Atlántico y posterior estancia en el Caribe de El Temido lll (2014/2016) http://foro.latabernadelpuerto.com/s...d.php?t=145184 |
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#27
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#28
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Se alzarán nuevos vientos, hincharán tus velas, y yo, dejaré el ánimo resuelto para abrazar a tu lado Horizontes... |
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#29
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No sé cómo es ahora, pero la norma era algo así como que al entrar a sus aguas, debías notificar un puerto de destino, ir cuanto antes y presentar tus papeles y pagar tu entrada, una pegatina que te permite navegar por sus aguas. Si previamente pasabas unos días fondeado, algo abtual para descansar del cruce, corrías esos riesgos. En aquel caso lo 'entendieron' de otra manera. Trataré de buscarte el post donde lo contaba Capitan Teach. |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a genoves | ||
Fuerza 7 (26-03-2017) | ||
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#30
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Sobre el asunto Croacia, si mal no recuerdo, multaron a los Prati. Y sigo
hablando de memoria, fue porque llegaron a la costa, fondearon y no fueron a puerto hasta el día siguiente. Para colmo, al hacer la declaración, expresaron que habían llegado la tarde antes y que la comandancia estaba cerrada. Recomendación: Ir directamente a las autoridades, nada más llegar a un país. Y si no se puede, decir siempre que acabas de llegar (sea en el país que sea). Salud y ![]()
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![]() El cruce del Atlántico y posterior estancia en el Caribe de El Temido lll (2014/2016) http://foro.latabernadelpuerto.com/s...d.php?t=145184 |
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#31
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![]() ![]() También podría ser que otra persona, con CY o una titulación de la Marina Mercante, te cruce el barco a donde sea y luego se vaya y te deje al mando, en ese momento siendo ya legal que tú patronees el barco. Las aseguradoras intentarían no pagar de todos modos, claro. Salud! |
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#32
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Salu2 y unas
![]() Este tema, creo que va al pelo con mis dudas. Teniendo el PER, según tengo entendido, el límite de alejamiento de la costa española, son 12 mn, ahora bien, si tengo mi barquito, (12 m, lista 7), en, digamos Ayamonte, cruzo el Guadiana, me voy al cabo San Vicente, y pongo rumbo a las Azores, ¿quien me controla?, ¿puede la G.C. pararme en aguas portuguesas, y decirme que estoy fuera del límite? ¿la Guardia Marina Portuguesa (supongo que la habrá) me puede controlar a que distancia estoy navegando? |
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#33
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Es mas creo que incluso mas alla. A portugal le importan un higo las titulaciones y categorias de navegacion españolas, en cambio tu seguro deberias tenerlo bien atado. ![]() ![]()
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. Slava Ukrayini!.
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#34
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#35
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![]() , GC aduanas o incluso la armada, a 50 mn o incluso a 13 |
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#36
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En tiempos de Felipe II es posible. En tiempos de Felipe VI, Lisboa pertenece a Portugal que es otra nación libre y soberana.
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#37
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Yo solo digo que según la legislación vigente cualquier patrullero español puede parar a un barco español a 13 millas de Lisboa, es decir fuera del mar territorial portugués. Es normal que lo haga? No ....pero poder puede
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#38
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Hola:
Lo primero, y para no perder la costumbre, una ronda para todos. Sobre el tema discutido, una embarcación está sometida a la legislación de su pabellón p. ej. en cuestiones de Derecho privado (compra, venta, registro, hipoteca o propiedad...) y administrativas (titulación, material de seguridad a bordo...) independientemente de donde esté. Adicionalmente, cuando entra o pasa por las aguas en las que otro Estado ejerce su jurisdicción también queda sometido a sus leyes de policía y públicas (por ejemplo, Derecho penal u ordenación de la navegación...) y en general a su "orden público" que debe cumplir, pues ejercita el denominado derecho de paso inocente. En alta mar (no sometida a la jurisdicción de ningún Estado) rige la ley del pabellón igualmente, y te puede inspeccionar cualquier unidad naval de cualquier Estado, puesto que existen delitos que se persiguen internacionalmente (derecho de visita e inspección), unas veces cumpliendo requisitos previos y otras no. Te puede parar la GC, el SVA o la Armada más allá del mar territorial (12 mn) o en alta mar (+200 mm)? Desde luego. Te va a poner pegas una autoridad extranjera por tu título si esta emitido por el Estado de tu pabellón? Probablemente no hilen tan fino, pero no te olvides que se van armonizando legislaciones y que pueden remitir información al Estado de bandera, o tener normas que no conoces sobre la capacidad mínima para gobernar una embarcación. Aparte, como ya te han dicho, de que no hay seguro que cubra hacer navegación de altura con el PER, como es lógico. Se solapan los espacios marinos de los Estados limítrofes? No, existen reglas para determinar la extensión y alcance de los mismos en zonas colindantes que generalmente se plasman en un instrumento bilateral. Buenos vientos. Enviado desde mi iPhone utilizando Tapatalk |
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#39
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#40
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Unas que fai un sol del carallo |
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#41
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Por tierra normalmente debes llegar a una frontera con el visado ya preparado, normalmente en la capital, y eso genera situaciones complicadas, por mar, puedes venir del país que sea, que te aceptarán o no, pero el papeleo y el posible visado lo vas a conseguir en el puerto de entrada directamente.. Otra cosa es que se pueda entrar en ese país concreto o no...en África puedes llegar así a cualquier país, yo no encontré restricciones, otra cosa es como sea en ese momento la situación del país, de alguna manera estás entrando asumiendo tu propio riesgo...en Asia ya me encontré con muchos países en los que directamente no puedes entrar, aunque según mi información, las 48 horas de arribada forzosa se suelen conceder, y según el convenio de Ginebra del 58 de mar territorial, se debe respetar el fondeo si es parte normal de la navegación y si está dentro de los límites del paso inocente, pero, evidentemente, mucho cuidado con dónde se fondea.. Un saludo ![]()
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"Se o remo rompe polo guión, paga patrón, se rompe pola pala, patrón paga" |
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#42
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Cita:
pa la caló... |
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#43
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. Slava Ukrayini!.
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| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a markuay | ||
xurso2002 (14-09-2017) | ||
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