Cita:
Originalmente publicado por daniel_in
unas rondas de mi parte 
Una duda que me tengo referente a esta habilitacion nueva.
Tengo el per reciente con la habilitacion a Baleares, cuando hice la practica
le pregunté al profesor si esta habilitacion permitia legalmente la travesia a
las islas desde cualquier punto de la costa mediterranea a cualquier punto de
balerares,por ejemplo, ir desde Valencia a Menorca a rumbo directo.
Pues bien, su respuesta fue que eso no entraba dentro de la habilitacion , solo
permitia el paso entre la zona de Denia-Alicante hasta Ibiza y luego el paso
de una isla a otra igual que el "viejo per" que ya estaba habilitado de antes para la navegacion entre islas.
Yo ya le dije que esto me parecia un desproposito ya que por ejemplo un per "habilitado" con puerto base en Barcelona para poder ir a Menorca deberia de bajar hasta Alicante, pasar a Ibiza, de ahi a Mallorca y luego a Menorca.
el profesor me aseguró de que la norma era asi y que si hacia rumbo directo me podrán sancionar.
¿es esto cierto?¿ se podría consultar esta norma en algún sitio oficial?
Espero que me podáis decir algo....
Gracias por todo y un saludo
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pues el BOE pone literalmente en la habilitación del PER:
8.º Gobierno de embarcaciones de recreo a vela de hasta 24 metros de eslora, que
faculta para navegar entre la Península Ibérica y las Islas Baleares
Si para tu profesor "Península Ibérica" es Denia y "Islas Baleares" es solo Ibiza..... pues eso.
fíjate que pone Península Ibérica, lo que incorpora Portugal y Girbraltar y excluye Ceuta y Melilla. Así mismo no estará permitido salir desde Seté(Francia).
al no indicar "rumbo directo" se abren todas las posibilidades desde el cantábrico y dando la vuelta a Cerdeña sin fondear o atracar.