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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#51
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#52
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Osea que ademas de incompetentes, por inventar el papelajo, son idiotas por no dejar plastificarlo. así a lo tonto otro motivo para poder sancionar a quien con buena voluntad lo plastifique, si es que esta todo estudiado. |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a Marcos Montesier | ||
Piratacojo (11-12-2017) | ||
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#53
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Significa que todos los demás organismos han de ser tan poco exigentes??? Si en África se mueren de hambre, significa que Europa también tiene que pasar hambre??? Pues no Mejoramos África y así podrán mejorar. Sólo es un ejemplo. ![]() ![]() |
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#54
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Con respecto a que si es mejor tarjeta o folio yo no entro cada uno puede tener su opinión.
Con respecto al plastificado de documentos, hoy me he pasado por un juzgado donde mi prima es SECRETARIA JUDICIAL de ese juzgado para hacerle la correspondiente consulta ya que alguien dice que confundo a la gente. Como yo solo soy marino e preferido hacer la consulta a juristas que saben más que yo. En el juzgado con mi prima hemos bajado a ver al jefe del registro para aclarar lo de las compulsas. A mi pregunta si se puede plastificar, su respuesta es: 1º Plastificar se puede plastificar todo. Eso no esta prohibido. 2º Pero enseguida me dice. Ahora eso sí hay que saber que si plastificas un documento oficial, deja de tener validez oficial, es decir que si plastificas un titulo de Doctor en Ingeniería ese título no es válido para la administración otra cosa es que una empresa privada te lo reconozca. Pero una entidad oficial no te lo reconoce. 3º A mi pregunta si vas a compulsar un titulo y esta plastificado que pasa, su respuesta no se puede compulsar un titulo plastificado y si lo hacen es un error del funcionario. 4º A mi pregunta porque los DNI's antiguos si eran documentos oficiales venían plastificado, su respuesta es que la entidad emisora si tiene la potestad de plastificar un determinado documento pero ese plastificado lleva unas marcas en relieve y una determinada seguridad. 5º En concreto ningún documento oficial emitido por la administración se puede plastificar y me ha concretado que ni siquiera un simple certificado. Además me aclarado que incluso una factura plastificada en un proceso judicial puede quedar invalidada. Le he comentado que aquí en el foro hay un licenciado en derecho que a plastificado su título y se lo han compulsado. Su respuesta suerte ha tenido que guarde bien la compulsa porque vale mas que el original. Aunque les extraña mucho que eso sea así. Yo creo que una SECRETARIA JUDICIAL y un JEFE DEL REGISTRO algo entienden. En fin que cada uno haga lo que quiera SALUDOS |
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#55
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Bueno, los documentos van tomando diversas formas segun cada pais, administracion e incluso comunidad, ya que como vemos, la coordinacion para ello es...escasa. Pasa con todo...no solo en nautica.
Pero tranquilos, la tecnologia va muy por delante ...y creo que ya estan pensando en implantarnos un microchip donde llevemos todo grabado...hasta el telepeaje de la autopista o la visa...todo llegara al rebaño,y pronto..... ![]() |
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#56
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#57
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Depende de donde te lo inserten puede ser mejor plastificar toda la zona
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| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a whitecast | ||
danilo (11-12-2017) | ||
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#59
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En fin, ya me canso...sigamos con el dicen, opinan y dejan de decir o corta y pegas con comentarios entre parentesis del funcionario de turno...sin fundamento legal alguno... ![]()
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Se alzarán nuevos vientos, hincharán tus velas, y yo, dejaré el ánimo resuelto para abrazar a tu lado Horizontes... Editado por Fuerza 7 en 11-12-2017 a las 20:27. |
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#60
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saludos |
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#61
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Pero como dije antes un Capitan del Servicio marítimo me dijo claramente que no se puede plastificar, no creo que un compañero y responsable del servicio marítimo me mienta también. Pero aún así he consultado con mi prima que es secretaria de un juzgado en Jerez de la Frontera
Pero como digo cada cuál que plastifique lo que quiera saludos |
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#62
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Más atrás pregunté que si te llega a parar la GC y no llevas encima el titulo náutico correspondiente (por olvido, perdida/lo que sea...) no pueden informarse por radio como en tráfico? o te sancionan y podrías presentar el titulo más tarde para recurrir esa sanción y todo quedaría en una "ligera multilla"??
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Me lo contaron y lo olvidé, lo vi y lo aprendí, lo hice y lo entendí
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#63
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saludos |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a Manuel_Luis1404 | ||
CeRi_JL (12-12-2017) | ||
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#64
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Es verdad que hace 5 ó 6 años de eso, e igual las cosas han cambiado |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a Keith11 | ||
CeRi_JL (12-12-2017) | ||
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#65
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Mira en los juzgados, hay de todo, y te lo digo yo que sin ser secretario judicial, conozco a unos cuantos y unas cuantas. Si es cierto que hay un hábito en que exigir a la gente que no se puedan plastificar los documentos oficiales, y este hábito no se basa en precepto alguno, lo cierto es que es más sencillo decirle a la gente que todos los documentos oficiales son lo mismo, y que no se pueden plastificar, que explicarles que hay una discriminación entre los documentos oficiales cuya validez se basa en una inscripción en un registro oficial de otros documentos que no. Por ejemplo, hay que entender que un Título Oficial Registrado, que faculta a la persona a ejercer unos derechos para cuyo ejercício tiene que superar unos estudios o pruebas legalmente tasadas, es simplemente un papel (con las características que sean, que demuestra erga omnes ese derecho inscrito a favor de esa persona, es más, si una persona posee un título de Patron por ejemplo, sin plastificar y perfecto, y un guardia civil comprueba con la DGMM ese título, y en DGMM le informan de que no tienen constancia ni esta inscrito, a ese hombre (fuera que luego se demuestre el error informatico o lo que sea) ya de primeras lo detienen como reo de falsificacion de documento oficial...esto es asi, es decir importa poco que el documento este perfecto en papel moneda etc...que si comprueban que ese derecho no esta registrado, ese papel por muchas marcas que tenga y bonito que sea, no vale NADA. Cosa diferente son los otros documentos oficiales, letras, billetes de curso legal etc, cuyo valor esta intrinsecamente ligado al papel sobre el que estan escritos o impresos, es en este caso en el que la plastificacion no se puede realizar, por que?...pues porque no tienen inscripción en registro alguno su valor esta intimamente vinculado al valor del papel donde estan impresos a nivel del tráfico mercantil y de consumo... Que hay funcionarios que pueden ponerte problemas los hay, que hay otros que no pues tambien los hay, la realidad es que no hay normativa alguna que determine que por plastificarlo, sin variar ninguna condición es decir las marcas visuales del documento, o marcas de diferente grosor como las al agua o filigranas que se ven al trasluz asi como marcas para rayos UV, que con el plastificado se puedan percibir y ver por la autoridad comprobante, no invalidan el documento plastificado, por ejemplo en mi titulo de patron tiene un plastificado muy bien hecho, y fino, si tocas el plastificado notas al tacto las zonas donde el gramaje del papel tiene diferencias, y al trasluz ves perfectamente las marcas...de no ser asi perderia su validez...pero si esta bien hecho no tiene por que. Ahora bien, que es mas comodo decirle a todo el mundo que no plastifiquen o que pierde su validez, porque sino cada uno lo plastifica como dios le da a entender y depende de como lo haga, podría no permitir detectar ciertas marcas etc... Pero en el caso de un titulo inscrito siempre se puede comprobar si corresponde a un derecho inscrito, porque al fin y al cabo es para lo que sirve...y por mucho que no vean una marca de agua si tienen dudas hay hoy suficientes maneras de detectarlo, una simple consulta al registro, y fuera...lo mismo que ocurre para los seguros del coche...y para otras muchas cosas, y que ocurrira poco a poco también con estas obsolescencias rancias...hasta el chip perruno que dice Marcos donde llevaremos toda la informacion ![]() En todo caso yo lo llevo plastificado me han parado y sin problema y cuando me pongan alguno pues alegare lo necesario ante el juez que toque y veremos que opina, al final es el juez el intérprete último de la ley, y como me dijo un día Cobo del Rosal, "¡¡¡Que poder tienen los jueces tio!!!... ![]()
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Se alzarán nuevos vientos, hincharán tus velas, y yo, dejaré el ánimo resuelto para abrazar a tu lado Horizontes... |
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Aunque como tu dices ellos emiten la propuesta de sanción saludos |
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QUE NO SE PUEDE PLASTIFICAR NINGUN DOCUMENTO OFICIAL ENTERATE YA, tiene que estar tal y como es y se estropea lo vuelves a solicitar. saludos |
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Como mi prima secretaria judicial no tiene ni idea, acabo de llamar a un fiscal amigo y me ha pasado este enlace. Imagino que tampoco sabe.
http://www.mecd.gob.es/servicios-al-...ud/202475.html En el apartado de solicitud de duplicados mirar lo que viene: Los títulos oficiales son documentos públicos con validez en todo el territorio nacional, y por ello, no podrán ser objeto de modificación, alteración o enmienda (incluido el plastificado). Por tanto, cualquier modificación en el título (cambio de nombre, nacionalidad, incorporación de nuevos datos, etc.) o en caso de pérdida, destrucción parcial o total, se ha de expedir un duplicado. saludos |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a Manuel_Luis1404 | ||
Parbat (11-12-2017) | ||
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MMSI 224433230 Por la bahía... yo quiero ser marinero por la bahía bajo el azul de los cielos en el mar de Andalucía ,
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| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a danilo | ||
Fuerza 7 (11-12-2017) | ||
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http://www.mecd.gob.es/servicios-al-...ud/202475.html En el apartado de solicitud de duplicados mirar lo que viene: Los títulos oficiales son documentos públicos con validez en todo el territorio nacional, y por ello, no podrán ser objeto de modificación, alteración o enmienda (incluido el plastificado). Por tanto, cualquier modificación en el título (cambio de nombre, nacionalidad, incorporación de nuevos datos, etc.) o en caso de pérdida, destrucción parcial o total, se ha de expedir un duplicado. saludos |
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Fuerza 7 hablas de documentos oficiales, bien pues en derecho ese concepto no está regulado como tal, se habla de documentos públicos y privados que como ya sabrás están regulados tanto en el código civil como en la ley de enjuiciamiento civil.
Has hablado también de los títulos universitarios, bien pues éstos están regulados por la orden de 8 de julio de 1988 en materia de expedición de títulos universitarioshttps://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-1988-17542 en concreto en su artículo noveno prohíbe cualquier modificación del mismo Cita:
,El ministerio de educación ciencia y deporte (MECD) en la siguiente página oficial prohíbe expresamente el plastificado https://www.mecd.gob.es/servicios-al...ud/202475.html Ya que los títulos de recreo también son documentos públicos podemos considerar haciendo una interpretación analógica de la norma universitaria ,que el plastificado de los mismos podría estar considerado como modificación o alteración del mismo. Es cierto que no existe un reglamento que prohíba expresamente el plastificado de los títulos que expide marina mercante pero razones de prudencia yo no lo recomiendo. Saludos |
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#72
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Si un billete de mil pesetas se metía en la lavadora se destruía, adiós ese billete, aunque tuvieses el justificante de haberlo sacado del banco. Si en un incendio se pierde un título académico, se solicita su duplicado en donde procesa y emiten uno nuevo, porque existe un registro y además se registra el duplicado. Haz lo que quieras con el título que siempre se tendrá el respaldo de la fe del registro.
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MMSI 224433230 Por la bahía... yo quiero ser marinero por la bahía bajo el azul de los cielos en el mar de Andalucía ,
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#73
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Quedaría la duda de si el plastificado es considerado como modificación o alteración esto ya depende del que tenga que interpretar la ley, yo tendería a pensar que sí ya que impide apreciar la textura del papel moneda, que es una de las medidas de seguridad de que dispone el título para impedir su falsificación.
Saludos[/quote] Mira el enlace que he puesto y viene que un titulo no se puede plastificar |
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#74
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Cita:
SALUDOS |
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#75
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El problema es que los DNIs (por ejemplo) que son documentos oficiales emitidos por el Ministerio del Interior, son manejables, plastificados y se pueden guardar en la cartera, si cartera, he dicho cartera, no maleta. En cuanto a que el titulo de patron o capitan es un titulo Oficial, esta claro, solo faltaria que no lo fuera y que autoriza para manejar una embarcación, como el diploma de licenciado en Derecho,(eso si que es un cartapacio) te permite ejercer como Abogado, pero a ningun abogado se le ocurre delante del juez abrir la maleta, para sacar su diploma y acreditar que es Licenciado en Derecho, los Colegios de Abogados ponen a disposicion de sus colegiados unos carnets (oficiales) que acteditan ante terceros (incluso amigotes en el bar) que son Abogados Colegiados. Es cuestion de practicidad, y en el caso de los titulos nauticos, no son nada practicos, a no ser que te lleves una maleta......con la que si que puedes fardar con los amigotes en el bar ![]() ![]() |
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