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VHF: Canal 77 |
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El iva en la náutica de recreo
Hola, saludos cofrades! Lo primero es lo primero: unas rondas para todos los presentes!
Hoy quiero tratar de un tema bastante polémico... EL 21% DEL IVA! Explico mi caso concreto: Soy un marinero sin barco propio con la intención de adquirir uno. Después de mucho mirar he encontrado el perfecto, la OCQUETEAU 615 (Ya que quería un barco para titulín, fueraborda, con cabina y con comodidades para la pesca y el paseo...). En resumen, después de mirar mucho, pedir presupuestos y tal, me he encontrado con que el iva final es carísimo... Claro, evidentemente yo no quiero defraudar nada ilegalmente, pero me da rabia que el estado, de 37.680 euros totales, se lleve más de 8.000... ¿¿Hay alguna manera de comprar éste barco de primera mano, sin llevarse tal guantazo pero también sin cometer ningúna ilegalidad?? He leído alguna cosa sobre algo llamado leasing francés, pero no tengo ni idea de lo que verdaderamente es, solo se que en vez de 21% pagas 10, pero no soy consciente de si eso es legal. Creo que tiene algo que ver con financiación, pero yo no quiero ningún préstamo. En fin, agradecería vuestra opinión, alguna posible solución y vuestras maravillosas experiencias al comprar un barco. MUCHAS GRACIAS!! Editado por Klusplay en 30-04-2020 a las 18:31. |
#2
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Re: El iva en la náutica de recreo
Claro lo pones en sexta lo alquilas y no te subes para nada y es legal pedir la exención de iva si no cuenta que has de pagar iva por el barco y todos los extras que montes otra opción es buscar de segunda mano que estén bien
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#3
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Re: El iva en la náutica de recreo
No lo has dicho, pero ya de entrada se supone que lo compraras nuevo ?. Si no es asi y lo compras a un particular no has de pagar IVA.
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#4
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Re: El iva en la náutica de recreo
Cita:
Cómo?? Me lo podrías explicar un poco? Jejeje, esque no me entero de nada |
#5
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Re: El iva en la náutica de recreo
Cita:
Además, éste modelo concreto casi no lo encuentras de segunda mano, y si tienes la suerte de hacerlo, o están muy antiguos o están lejos. |
#6
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Re: El iva en la náutica de recreo
Cita:
salud! |
#7
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Re: El iva en la náutica de recreo
Klusplay , creo que acaba usted de entender porque en España no se a penas barcos, cuando en otros países europeos fomentan la náutica entre sus paisanos, aquí sólo se le ponen trabas/obstáculos, multas y sanciones...pero sólo a los armadores nacionales, a los armadores extranjeros ni pedirles la hora.
Así nos va.... |
Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a IMPULSES | ||
Klusplay (26-03-2018) |
#8
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Re: El iva en la náutica de recreo
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Yo no lo veo |
#9
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Re: El iva en la náutica de recreo
Cita:
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#10
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Re: El iva en la náutica de recreo
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En España seria... Coste barco FF + IVA (21%) + intereses de credito al consumo (8%) Con Leasing Frances, seria... Coste Barco FF + IVA (10%) + intereses de credito al consumo (12%)... Pero ellos no te lo cuentan así... te lo cuentan como en España: Coste Barco FF + IVA (21%) + 1% de intereses del credito al consumo Evidentemente sale mas barato al comprador. A la financiera se gana una pasta. Y el que "pierde" es el estado frances... Pero tampoco, porque al estado frances le entran unos ingresos de IVA que de otra manera no tendria, y sin verse afectado su IVA de consumo interno, porque eso solo lo aplican a operaciones en el extranjero. No hay nada como estrujarse el cerebro para conseguir financiar al estado, sin exprimir a sus ciudadanos. (a ver si me lee Montoro ) Ellos, el banco, ganan unos intereses que ni se los han soñado. Tu pagas a plazos con poco interes, practicamente a interes 0% (o 1%) y el estado frances ingresa un 10 % de IVA que de otra manera no ingresaria, y sin que se vean afectados sus ingresos ordinarios de consumo interno. Ingenieria financiera del consumo comun... Eso era antes... creo que les vieron el plumero y lo han cambiado... |
Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a Keith11 | ||
Klusplay (26-03-2018) |
#11
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Re: El iva en la náutica de recreo
Cita:
lo del leasing frances vas pagando una cantidad con un IVA reducido, pero al final si quieres quedarte con la propiedad el ultimo plaza tienes que pagar todo lo que no has pagado antes, si no no te quedas con la propiedad no te lo recomiendo consuelate pensando que lo que pagas al estado es para el mantenimiento de hospitales universidades astilleros empresas publicas carreteras escuelas puertos deportivos para que tu puedas amarrar tu barquito etc. es para el bien de todos los españoles saludos Editado por angelSaavedra en 26-03-2018 a las 21:45. |
#12
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Re: El iva en la náutica de recreo
Cita:
CONCLUSIÓN, no se puede hacer nada para pagar en total menos de 21%. Editado por Klusplay en 30-04-2020 a las 18:32. |
#13
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Re: El iva en la náutica de recreo
...y cuando lo vendas tienes que cobrar el 21% al posible comprador, asi que lo tendrás que bajar de precio para tener un precio competitivo...
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Mario. |
#14
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Re: El iva en la náutica de recreo
Y además añado expresamente que mucho cuidado con usar el barco de forma particular, que las interpretacion de la Ley por parte de la AEAT es muy "particular", no vaya a que te encuentres que no te lo puedas deducir y lo tengas que devolver, intereses y sanciones aparte.
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#15
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Re: El iva en la náutica de recreo
Buenas tardes, el Octubre del 2017 compré esta embarcación matriculada en lista 6a. la embarcacion tiene 6 mts de eslora. Pensando en la posibilidad de poder hacer charter sin patrón.
Pagué la barca a una empresa de charter con su correspondiente iva y sin desgrabame nada. ya que soy autónomo. Porque tambien la quiero disfrutar como persona física que soy y no solo una empresa o autónomo. Por un lado, capitanía marítima me dice que no se puede tener la barca con fines lucrativos y disfrutarla con fines particulares. Por otro lado, la guardia civil del mar. Me dice que si he pagado todos los impuestos de la barca y si no me he deducido nada. Para ellos se puede emplear a modo particular. que si estoy cabal con hacienda, ellos no me sancionarían. Por otro lado otros me dicen que me puedo desgrabar la midad del importe de la embarcacion porque es para fines lucrativos y para uso particular. A todo esto, en Octubre del 2017 me dí de alta en el epigrafe de alquiler de embarcaciones de recreo. Estoy indeciso en esta situacion y no se que hacer. A ver si me pudierais un cable con todo esto, porque creo que la normativa está un poco en el aire, igual que los alquileres vacacionales, etc... Agradezco vuestro tiempo. Muchas gracias. |
Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a Miss Talamanca | ||
Klusplay (04-04-2018) |
#16
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Re: El iva en la náutica de recreo
Cita:
Unas rondas para todos… No se puede usar un barco de lista 6ª para charter y uso particular cuando se solicita la exención del impuesto de matriculación (12%), pero este impuesto es aplicable para barcos mayores de 8 metros, por lo que no sería tu caso. Respecto a las deducciones, entre otras, podrías deducirte el 50% del IVA de la compra del barco y posteriores facturas relacionadas con el uso (suponiendo que esta sea la relación de uso privado/charter, que parece que es la máxima que admite hacienda, igual que en el caso de los coches) también te puedes deducir anualmente la amortización del 10% del importe del barco. No soy ningún entendido, todo lo he leído por los foros, quedo a la espera de que rectifiquen o complementen mis comentarios. Un saludo |
#17
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Re: El iva en la náutica de recreo
Cita:
Si eres particular (no eres empresa de charter, no tienes local ni personal, tu actividad habitual es otra...), aunque estes dado de alta en el IAE para esa actividad de chárter, Hacienda considera que los ingresos del alquiler son un rendimiento patrimonial, no empresarial, y por tanto sólo puedes deducir de la base del IRPF los gastos DIRECTAMENTE relacionados con ese ingreso, no los generales que necesita el mantenimiento de la embarcación (amarres, seguros, varaderos, IVAs, etc NO). Podrás deducirte los gastos de un patrón que has contratado para el alquiler X, o el combustible cargado para ese dia, no más. Hay una sentencia del TEAC en ese sentido. Saludos
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www.banderaholandesa.com Editado por BanderaHolandesa en 10-04-2018 a las 12:42. |
#18
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Re: El iva en la náutica de recreo
Buenos días .
Te haces autónomo en el régimen del mar, eres patrón profesional , te compras un barquito , lo charteas tú como patrón y ¿ No desgravas el IVA ? Si es tú actividad principal si ¿ No ? Luego otra . Te vas al ism a darte de alta en autónomos , y no te dejan si no llevas los papeles de la embarcación , y ¿ Si solo trabajas haciendo traslados ? Respuesta , pues traes la oferta del traslado , ¿ Entonces no puedes darle de alta y cotizar antes e ir buscando trabajo ? Se han confundido ? Saludos.
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impuestos, iva, nuevo, titulin |
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