Cita:
Originalmente publicado por hma
En resumen una embarcación con estatuto ( IVA y demás requisitos e impuestos satisfechos) pero no abanderada en la UE al salir de España tiene que hacer una declaración en aduana , de lo contrario pierde su estatuto y al volver tendrá que pagar impuestos again.
Gracias por el documento , muy interesante
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Eso que dices no es del todo correcto

; No es si la embarcación sale de España, es si sale del TAU (Territorio Aduanero de la Unión Europea)
En fin, que si no sales de Europa (lo que incluye las aguas territoriales de los paises que forman la Unión) no es necesario hacer ninguna declaración de salida y no se pierde el estatuto.
