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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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Hola a tod@s, a ver si alguien me puede aclarar algo sobre esto:
En el Real Decreto 1435/2010 de 5 de noviembre, por el que se regula el abanderamiento y matriculación de las embarcaciones de recreo en las listas sexta y séptima del registro de matrícula de buques: ... Artículo 10. Documentación requerida para el abanderamiento de las embarcaciones sin marcado CE: ... 2. Las embarcaciones existentes procedentes de la Unión Europea que carezcan del marcado CE, podrán registrarse siempre que se cumpla una de las condiciones siguientes: ... b) Que la embarcación disponga de un certificado de homologación expedido por la Dirección General de la Marina Mercante. c) Que la embarcación disponga de un certificado de construcción por unidades expedido por la Dirección General de la Marina Mercante. Y aquí van las preguntas: ¿Qué son y cómo se pueden obtener estos certificados? ¿Son una alternativa viable al temido proyecto por "técnico titulado competente" o son procesos igualmente engorrosos y caros? Les agradezco cualquier comentario... |
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#2
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"Supongo" que se refieren a:
B) Homologación de tipo: El fabricante/Importador homologa un modelo de embarcación acreditando que cumple con la normativa vigente, de modo que se pueda comercializar en el país (Ahora se sustituye por el marcado CE) C) Homologación Unitaria: El propietario de una embarcación acreditó en su día que "Su embarcación" cumplía con la normativa del país y obtuvo la homologación. Para registrar/matricular tienes que acreditar que la embarcación, sin marcado CE, dispone de una de esas homologaciones, por medio del engorroso y caro procedimiento al que te refieres. Si el modelo de la embarcación ya dispone de una homologación, será menos caro y engorroso que si tienes que partir de cero, pero barato y sencillo no creo que sea ninguno de los procesos. Editado por LP706 en 16-01-2019 a las 17:12. Razón: Enviado incompleto |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a LP706 | ||
Pebeju (16-01-2019) | ||
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#3
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Hola Pebeju y compañía.
Sintiendolo mucho, a día de hoy no creo que haya más formulas que las que se dictan en el RD 1435 que has enunciado. Y al final, simplificando se reducen a dos: Si es barco sin marcado CE (bien por importación, bien porque te lo has fabricado tú) necesitas un CE postconstrucción, que consiste en que un ingeniero te hace un proyecto comprobando y justificando que tu barco cumple con las ISO (Directiva Europea 2013/53/UE) y despues una empresa certificadora tipo Eurocontrol comprueba que el proyecto y el barco se corresponden y emite el certificado pertinente. Si es barco procedente de la Unión Europea, previo al 6 junio del 1998 (creo recordar) no necesita marcado CE postconstrucción. Con el proyecto técnico de un ingeniero y con la inspección de la capitanía en la que matricules puedes abanderar el barco. En cualquier caso vale un dinerillo que como es lógico va en función del tamaño del barco y de lo amiguete que seas del ingeniero. Espero que os haya servido de ayuda. Cualquier cosa ya sabeis, seguid preguntando. Una ronda para todos!! |
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#4
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Tienes que sacar el barco del agua.
Viene el ingeniero te lo mide de arriba a abajo y si tienes papeles del astillero comprueba y se va.(una hora) Llega a su despacho y pone todos los datos en su programa de ordenador y le da unos datos y unos planos. Te cobra lo que quiere , influye si es tu amigo. Los pasas por Capitania y ya lo tienes homologado . Roncito para todos ![]() |
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#5
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Cita:
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#6
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Segun me contaron la estabilidad segun la ley se deberia hacer poniendo el velero en el agua haciendolo escorar sin moverse hasta que el palo tocase el agua y soltarlo de repente para ver si adriza
![]() Pero...... si lo miden y lo pesan tienen un programa de ordenador que da la respuesta......por eso cobran ![]() Todas las pruebas las sacan igual......y cobrando El resto revision y cobran En un post me preguntaron si tenia las pruebas de mi barco que el tenia uno igual y se las envie y le sirvieron. Quiza deberia preguntar si otro las tiene Roncito para todos ![]() |
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#7
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En mi caso el astillero todavia existe y lo sigue fabricando sobre pedido. Ademas aporte el manual de propietario y la curva de estabilidad.
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#8
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Una pregunta sobre esto. Si el modelo es anterior al marcado CE pero es de una amplia serie y conocido astillero y ya existen numerosas unidades iguales matriculadas en España, ¿sigue siendo necesario el proyecto del ingeniero?, o la DGMM aceptaría algún otro tramite que pueda acomodar la embarcación a lo existente.
Unas ![]() |
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#9
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Aunque cada capitania es un mundo, creo que si presentas el argumento de que hay el mismo modelo abanderado en España, te tendrian que dar por buena la solicitud. mas que nada por aquello de que " perro no muerde a perro ".
. Entre capitanias no se hacen la guerra .![]() |
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#10
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Entiendo que eso hay que hacerlo si se quiere abanderar con pabellón español, no?
Es decir, si yo me traigo un velero de, pongamos por ejemplo Francia, con bandera belga, tengo que pasar por el aro del ingeniero? ![]() ![]() ![]() |
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#11
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Cita:
Saludos y ![]()
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Navigare necesse est. Vivere non est necesse. (Pompeyo) Si damos bordos de menos de 180º, llegaremos a algún sitio... (anónimo) |
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#12
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Hace tiempo compré una neumatica (origen chino) y estaba con el CE en Holanda, compré un motor (origen chino) con CE Alemania.
Lo vendi y compré otra neumatica (mas grande) y otro motor. Los dos origen chino. Uno con CE de Alemania y el otro con CE de Alemania tambien. ¿Que significa esto? Que mientras los demas paises Europeos facilitan "los papeles" para que haya distribucion, venta de mercancia en la union Europea, el gobierno saca tajada y sus ciudadanos se enriquecen. ¿En España? lo ponemos todo dificil para que solo nos dediquemos a comprar y encima más caro, el gobierno saca tajada a base de reventar al nativo y tu te quedas mas pobre. Ahí esta la diferencia entre paises inteligentes y paises al estilo Cuba. Porque lo valemos...Porque "sómo de aqui". . Editado por jose_fley en 20-02-2019 a las 08:51. |
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#13
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Cita:
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#14
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Ya me lo imaginaba. A la Capitanía de Valencia no le sirve nada que pueda facilitar la vida a los navegantes de recreo. Afortunadamente este tipo de trámites pueden hacerse en cualquier capitanía, alguna de ellas con trámites ya electrónicos. Para cuando me toque, yo estaba pensando en la siguiente más al norte que cuando hubo avalancha de bajas de bandera que hice en mi anterior barco, en Valencia tardaban 4-5 meses con mala cara y en la mencionada 1 semana y con toda la amabilidad del mundo.
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