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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#2
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![]() El Municipio tiene ciertas competencias que suelen ser de seguridad y relativas al baño, al turista, a la delimitación con boyas... generalmente es una cuestión de PLAYAS. Y Capitanía es la que dictamina si se puede o no fondear en tal o cual zona, en caso de peligro, molestia, etc.... En cualquier caso la norma general dice que a menos de 200 metros de una playa y a menos de 50 metros de una costa, no se puede navegar (y por tanto fondear). Respecto a las competencias de los ayuntamientos, la última palabra la tiene siempre Capitanía. ![]() ![]() ![]()
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~EL HILO DEL BOTIQUÍN ~ |
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