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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#8
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Cita:
Obligatorio en aguas españolas dentro del límite de 12 millas: - Documentación de abanderamiento. - Recibo del seguro. - Cartas de pago de impuestos (IVA, IEDTM e ITP, si procede). - Certificado de entrega de residuos MARPOL del año anterior, sellado por Capitanía. - Documentación personal de todos los ocupantes (DNI o pasaporte). - Título del patrón igual o superior a PER, siempre que sean de aplicación los enrevesado requisitos de la DA 5ª. Obligatorio fuera del límite de 12 millas de las aguas españolas: - Documentación de abanderamiento. - Recibo del seguro. - Certificado de entrega de residuos MARPOL del año anterior, sellado por Capitanía. - Documentación personal de todos los ocupantes (DNI o pasaporte). Obligatorio en las aguas del país de bandera: - Documentación de abanderamiento. - Recibo del seguro. - Licencia de estación de radio. - Cartas de pago de impuestos (IVA e impuestos locales del país de bandera). - Certificado de entrega de residuos MARPOL del año anterior, sellado por Capitanía. - Documentación personal de todos los ocupantes (DNI o pasaporte). - Titulación de operador radio reconocida por el país de bandera (ojo con esto: varios países, Francia, por ejemplo, sólo admiten su propia titulación). - Material obligatorio en orden de revista. Recomendable en aguas españolas: - Copia de la documentación española antigua del barco, si es que la tuvo; en especial, certificado de baja del registro y hoja de asiento, cerrada con la baja. - Copia del art. 10,2 del Código Civil. Creo que no me olvido nada... ![]() Saludos y ![]()
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Navigare necesse est. Vivere non est necesse. (Pompeyo) Si damos bordos de menos de 180º, llegaremos a algún sitio... (anónimo) Editado por Apagapenol en 01-07-2019 a las 18:48. |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a Apagapenol | ||
CapitanSlocum (02-07-2019) | ||
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