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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#26
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Cita:
Los chalecos salvavidas hinchables están calificados como mercancía peligrosa, no solo el cilindro de gas, sino porque al ir conectado al chaleco, este puede multiplicar su volumen varias veces. El equipamiento del avión (chalecos bajo asientos, balsas salvavidas, kit médico, hacha, etc...) están exentos de las normativas de mmpp. E.G. si un avión lleva en la bodega una rueda hinchada con nitrógeno de recambio por si revienta una, entonces no es mercancía peligrosa, pero si lleva una rueda porque otro avión ha reventado y necesita el recambio, entonces si se aplican la normativa de mercancías peligrosas... Lo cierto es que es muy complicado, yo trabajo con ello a diario como especialista y recibo un curso anual con examen incluido, pero a los empleados de seguridad y facturación de las aerolíneas apenas reciben instrucción en estos temas y tienden a protegerse por si las moscas. En resumen: De acuerdo con OACI, EASA (European Aviation Safety Agency), y su manual de mercancías peligrosas... Se puede llevar tanto facturado como en equipaje de mano, no obstante necesitas notificar al operador (Aerolínea) y que te autorice a llevarlo. Adjunto foto del manual para el caso exacto de los chalecos hinchables. Es el punto 12)
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Cuando cruzo una calle de un solo sentido, miro a ambos lados. Esa es la fé que tengo en la sociedad. sdk.
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#27
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Se me había pasado adjuntar el archivo
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Cuando cruzo una calle de un solo sentido, miro a ambos lados. Esa es la fé que tengo en la sociedad. sdk.
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| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a sundancekid | ||
Lupas (06-08-2019) | ||
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#28
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Cita:
Exacto cofrade. Una cosa es lo que un pasajero embarque y otra muy grande lo que el avion pueda llevar. Es como si yo intento embarcar un hacha y cuando me paren les digo: ¿Ah pues en la cabina del piloto hay una, no es lo mismo? Se está mezclando el tocino con la velocidad. |
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#29
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Tanto sundancekid como yo decimos los mismo .
Solo hay un punto , el que dice que el operador deberá autorizarte bla bla bla Y es allí donde con los documentos en la mano , y si el operador decide decir que no , yo admito que es posible , pero que me diga en base a que normativa interna lo hace , no por el simple echo de que a ale le parezca que eso es peligroso o que tuvo mala noche ..... La normativa general dice q si puedes embarcar /facturar...pues si una cía en su derecho como operador decide no transportarlo debe de redactar una normativa respecto a eso , y si me la muestra yo lo aceto....pero no conozco el caso de ninguna y si de el típico loperador de cinta q dice eso no se puede y porque .??Porque no se puede ... Respecto al hacha ...seguro q hay algún documento que dice que no será posible embarcar en cabina , si en bodega objetos cortantes ,pesados , arrojadizos que puedan causar heridas...bla bla bla ... no es comparable ... Yo siempre los embarcó en bodega y separados chalecos y cartuchos ...y sin problema , pero a veces hay q enseñar los documentos de seguridad de l apropia compañía a los operarios ( que se lo deberían de saber) |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a Noruego | ||
Lupas (08-08-2019) | ||
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#30
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Yo los he tranportado facturados entre Bruselas y Alicante. Ningún problema. En cabina debería aplicar la misma norma.
De todas formas, antes contacté a ambos aeropuertos y a las dos compañías aéreas que podía usar, y me traje las respuestas impresas, que guardo junto a los chalecos hasta el próximo vuelo. También me llevé copia impresa del reglamento que se ha mencionado antes en el hilo. Mi único punto débil es que alguna de las respuestas que recibí eran simplemente la cita al reglamento (donde aún se menciona que hay que verificar con la compañía aérea), pero por ejemplo, Ryanair (que para otras cosas es una compańia picajosa) escribe claramente en su sitio web que puedes llevar los chalecos, con cilindro CO2. Si alguien pone pegas, mostrad el reglamento impreso y pedid que venga la Guardia Civil. Enviado desde mi Redmi 6 mediante Tapatalk |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a namornik | ||
Lupas (08-08-2019) | ||
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#31
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Cita:
Motivos posibles: - que el avion sobrevuele un estado que tenga algo en contra. - que no hayas clasificado con su número UN el artículo que quieres llevar (en cristiano: que pretendas hacer que trabajen extra averiguando exactamente si se puede o no, pero sin pagar el extra que supone ese trabajo) - incompatibilidades con otras mmpp que pueda llevar el avión ese día, de las que no tienen porqué decirte nada. - una larga lista de etc’s... En definitiva, te pueden decir que no porque no les apetezca llevarlo y no tendrían porqué dar ninguna explicación por ello. En cuanto a la política escrita de Ryanair que menciona el cófrade...eso cuenta como aprobación por parte del operador y no hace falta preguntar más.
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Cuando cruzo una calle de un solo sentido, miro a ambos lados. Esa es la fé que tengo en la sociedad. sdk.
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#32
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Por cierto, lo más simple para burlar la ley es dejar el cilindro de gas en casa y ya no es mercancías peligrosas, solo un trozo de plástico, tela y metal y lo llevas donde quieras y como quieras. En destino le pones otro cilindro de gas y listos
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Cuando cruzo una calle de un solo sentido, miro a ambos lados. Esa es la fé que tengo en la sociedad. sdk.
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