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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#35
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Cita:
"que se hará además aplicable a las embarcaciones que naveguen habitualmente por aguas españolas con independencia de la bandera que enarbolen". O sea, que si es un europeo y el barco es bandera de su país, pero está en un puerto base español, según ese párrafo, le incluye. Y al margen de debates sobre lo legal o ilegal que pueda ser esto (ya que legisla sobre un barco extranjero, propiedad y patroneado por un extranjero), habría que saber muy bien, que se considera "habitualmente". Que sería... ¿más de seis meses al año?. ¿Vale con un trimestre?. ¿Un mes?. Las normas ambiguas, nos llevan a la incertidumbre. Al menos, que sean explícitos. Salud y ![]()
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![]() El cruce del Atlántico y posterior estancia en el Caribe de El Temido lll (2014/2016) http://foro.latabernadelpuerto.com/s...d.php?t=145184 |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a El Temido II | ||
Jadarvi (09-03-2020) | ||
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