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VHF: Canal 77 | ![]() |
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#1
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![]() Hola, antes de nada pedir disculpas si este tema no entra dentro del marco del subforo, soy novato y ando algo perdido..
Estoy realizando mi trabajo final de grado en base a una remodelación de un barco pesquero para convertirlo en un barco dedicado a la docencia, es decir en el que se pueda llevar a cabo el estudio de los motores, sala de máquinas en general, puente, etc. Mi duda es que no se exactamente que normativa he de aplicar, intuyo que el barco-escuela puede estar enmarcado en la lista octava pero desconozco que normativa aplica exactamente. Exactamente el barco esta diseñado para albergar hasta 15 alumnos mas 4 de tripulación. Muchas gracias! ![]() |
#2
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![]() Buenas tardes
![]() A nivel internacional y si el arqueo es de mas de 500 toneladas se le aplica el código de seguridad aplicable a los buques para fines especiales (codigo SPS) . En el punto 1.3.4 "1.3.4 "Buque para fines especiales": a reserva de lo dispuesto en 8.3, buque de propulsión mecánica autónoma que, dadas las funciones a que está destinado, lleva a bordo un contingente de personal especial de más de 12 miembros, incluidos los pasajeros. Entre los buques para fines especiales a los que se aplica el presente Código figuran los tipos siguientes: ... .2 buques para la formación de marinos; ...." Si es mas pequeno, la reglamentación será legislación nacional o una reglamentación de una sociedad de clasificación que acepte la bandera del barco (España) . Lista 8a sera si pertenece a un organismo publico. Si no sera la lista 2a imagino? |
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