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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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Otra cosa a revisar es el índice de carga de los neumáticos, cuando se dice que un remolque "aguanta X.000 kilos" hay que diferenciar entre lo que aguanta el eje y por otra parte lo que aguantan los neumáticos.
Parece obvio que ambos aspectos deben estar parejos en un remolque, pero si lo compras de segunda mano ya te aviso que puedes encontrarte con sorpresas desagradables en forma de neumáticos que no son adecuados y no resisten todo lo que puede aguantar un eje. Por eso siempre echa un ojo al índice de carga que viene reflejado en el lateral del neumático y comprueba los kilos que realmente son capaces de soportar. Asimismo en los neumáticos conocidos como "de carga" es muy importante llevar las presiones correctas, cuando vayas con el remolque descargado deberás de rebajar la presión casi al mínimo de lo que te indica el neumático ya que de lo contrario el remolque botará mucho y puede llegar a ser peligroso. Procedimiento inverso deberás hacer cuando cargues el barco al remolque. ![]() ![]() |
| 3 Cofrades agradecieron a peavon este mensaje: | ||
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#2
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Muy interesante! Muchas gracias otra vez!
¿Sobre los Cvs o características del vehículo tractor?, ¿opiniones?, ¿consejos? |
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#3
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Cita:
meparto:![]() ![]() Me río de lo último, es lo difícil de cumplir. Yo llevo una Viano 3.0 cuyo consumo oscila entre 7,2 y 9,0 L/100 Km en condiciones normales. Con el barco enganchado puede irse a los 15 L/100 Km fácilmente si vas un poco "pasao". Yo si te digo que subo las cuestas más rápido que las bajo y también te aseguro que voy a velocidad de camión por las autopistas, no porque el coche no pueda, sino por seguridad. Se alargan mucho las frenadas y así evito estar adelantado camiones constantemente. Legalmente no se puede ir a más de 80 Km/h. incluso en autopista, yo voy +/-95 Km/h. y nunca he tenido problemas con la benemérita. Para las maniobras el cambio automático una maravilla. |
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#4
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Pues también yo en su día me planteé esas dudas sobre un remolque. Actualmente transporto una motora de 7,35 de eslora y 2.000kg en un doble eje con freno de inercia, antes tenía una lancha de 1.400kg, lo uso como mucho dos veces al año unos 60km de distancia.
Elección de un remolque bajo mi punto de vista personal: El peso de la embarcación: En la ficha técnica, o de características o web del fabricante se puede averiguar el peso, a eso hay que sumarle todo lo que no trae de fábrica y el combustible, por lo que una embarcación de 1.500kg puede subir tranquilamente a 1.800kg. Capacidad de carga del remolque: La MMA es lo que mirarás y es la suma del peso del remolque más el peso máximo que puede transportar, mi remolque de doble eje y 2.000kg de MMA pesa 400kg por lo que podría transportar legalmente y con seguridad 1.600kg. Con uno o dos ejes, estamos hablando de embarcaciones de más de 1.000kg Depende, si lo vas a usar para mantenimiento de la embarcación una vez al año y a poca distancia, o lo vas a usar asiduamente pero vives enfrente del puerto pues un solo eje y si además la seguridad para ti es relativa sin freno de inercia. Si lo vas a usar para circular bastante dos ejes y con freno de inercia. Diferencia, pues el comportamiento. Mi experiencia con un solo eje pero con freno de inercia es que al llegar a 80km/h se iba de lado a lado y zarandeaba el coche, al frenar algo en curvas el comportamiento no era malo. Sin freno de inercia al frenar en curva notaba como el remolque empujaba la parte trasera del coche hacia el exterior de la curva. Con doble eje circulo a 80km/h con seguridad, salvo con viento o cuesta abajo, en ese caso se va igual de lado a lado al acercarme a 80km/h, al frenar en curva ningún problema. ITV y seguro. Los remolque de menos de 750kg o ligeros no pasan ITV y el seguro del coche te lo cubre siempre que lo hayas comunicado a la aseguradora. En cambio, los remolques pesados cuentan con su propia placa de matrícula, de color rojo. Su MMA oscila entre los 750kg y los 3.500 kg., y, al tener matrícula independiente de la del vehículo que lo impulsa, tienen la categoría de vehículo, con todo lo que eso implica, que es seguro propio (unos 50/70€ al año) y pasa la ITV. El remolque estará exento de pasar la ITV durante los dos primeros años tras su primera matriculación. Transcurridos esos dos años, el remolque pasará la primera ITV y mantendrá la periodicidad bianual hasta los 6 años. Yo personalmente estoy encantado con esa revisión de unos 45€ en la que me revisan alineación, frenos, etc. El vehículo: Pues si pesa más que el remolque cargado mucho mejor, respecto a la potencia depende, en mi caso con un Citroën C4 automático 120cv lo muevo pero la embarcación me la ponen con grúa. Si vas a meterte en rampas muy inclinadas, mojadas y con algo de verdín…4x4. He sacado varias motos acuáticas porque los golf y fiestas patinaban y no podían no se qué potencia imagino que 100/110cv pero el problema era de tracción se les levantaba el morro y patinaban. El permiso de conducir, sólo hay tres opciones: El “B” más el “E” que autoriza a conducir conjuntos de vehículos acoplados compuestos por un vehículo tractor de los que autoriza a conducir el permiso de la clase B (hasta 3500 kg) y un remolque o semirremolque cuya masa máxima autorizada no exceda de 3500 kg. Permiso “B96” que autoriza a conducir vehículos de 3500 kg o menos que lleven remolques de más de 750 kg sin que, en su conjunto, superen los 4250 kg. Permiso “B”, puedes transportar un remolque de no más de 750 kg de masa máxima autorizada (denominada MMA) o bien, puedes llevar un remolque de más de 750 kg, siempre que el conjunto formado por vehículo tractor y el remolque no sobrepasen los 3.500 kg de MMA. Ejemplo coche 2.750kg +remolque 750kg =3.500 perfecto o bien coche de 2.385kg + remolque 1.115kg = 3.500 perfecto. Visto este punto si tu barca pesa 1.500kg más el peso del remolque unos 500kg son 1.900kg le restas los 3.500kg y te indica que el vehículo que uses no puede superar los 1.500kg de peso, siempre que la MMA del remolque sea 2.000kg. Particularidades: Y si llevo el remolque vacio (que pesa 400kg en mi caso) con un vehículo de 2.355kgs (Mitsubishi Montero 4x4) puedo conducirlo con el “B”, pues NO porque aunque esté el remolque vacio la suma de las MMA supera los 3.500kgs. Luego si eso ya discutes. Y si bajo la MMA del remolque en la ITV a 750kg entonces me ahorro la ITV y el seguro y el carnet “b” me sirve, pues sí pero… si te para la GC y no se cree que el conjunto remolque más barca pese menos de 750kg es multa al canto, y sí existen las básculas portátiles y sí también te pueden multar sin pesarlo, luego si eso ya discutes. Otra opción es la de restar a los 3.500kg el peso de coche y limitar la MMA del remolque por la diferencia. Coche de 1.850kg de peso menos 3.500kg igual a 1.650kgs que es peso al que limitar el remolque…. Multa o sanción por conducir sin el permiso apropiado: Lo primero te inmovilizan el vehículo una papeleta luego viene la sanción que si sólo es dinero pues hay suerte porque si te aplican el artículo 384 vas listo. Artículo 384. El que condujere un vehículo de motor o ciclomotor en los casos de pérdida de vigencia del permiso o licencia por pérdida total de los puntos asignados legalmente, será castigado con la pena de prisión de tres a seis meses o con la de multa de doce a veinticuatro meses o con la de trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a noventa días. La misma pena se impondrá al que realizare la conducción tras haber sido privado cautelar o definitivamente del permiso o licencia por decisión judicial y al que condujere un vehículo de motor o ciclomotor sin haber obtenido nunca permiso o licencia de conducción. Sacado de: https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1995-25444 Las interpretaciones son libres pero en primera instancia la que vales es la de la GC luego ya si eso discutes…. Colocación del peso: La colocación del peso y la sujeción es primordial, el peso bien centrado y lo más adelantado que sea posible, teniendo en cuenta el peso que traslades a la bola del vehículo (la bola tiene una carga máxima está especificada en la ficha técnica), la sujeción, cinchas anchas con tensor de carraca, para la lancha usé al principio unas cinchas con hebillas y el remolque se movía un motón al llamar a la empresa del remolque me indicaron que cambiara las cinchas y perfecto. Agua de mar efectos. Pues los efectos creo que en este foro están claros cuando, por lo que cuando compres el remolque pide precio de las llantas, neumáticos (los de mi remolque 90€ cada uno) bujes, etc. Yo lo metí una sola vez en el agua y los marineros me dijeron que mirara los precios y efectos, desde entonces pago grúa. En esa ocasión que lo metí en el agua y por mucho que lo endulcé al poco tiempo los frenos de tambor oxidados. Si dejas el freno de mano puesto es probable que se queden los frenos pegados, estando el remolque con peso no hay problema en cuanto empiezas a girar se desbloquean si está vació mal asunto arrastras los neumáticos pero cuesta mucho desbloquearlos. Experiencias: Mi hermano al que quiero mucho pero que eso del mantenimiento preventivo no sabe lo que es, ha perdido una rueda en autopista por suerte sin contratiempos, por pasarse de peso los dos bujes del remolque se le pusieron al rojo vivo y se le agarrotaron, también sin consecuencias salvo la grúa de plataforma que tuvo que llamar. Suerte con la elección del remolque. |
| 5 Cofrades agradecieron a central este mensaje: | ||
Acasimirocasper (20-04-2021), gente de rumbo (30-10-2021), Kalael (13-04-2020), kUcHilla (11-04-2021), mareton (14-04-2020) | ||
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#5
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Muchas gracias!. Fantástico resumen.. Me he perdido con lo del tipo de carné.. Hace años llevaba un remolque para 2 caballos con un wrangler y me bastaba el B.. Pero recuerdo que por los pelos.. Imagino que para mover una ZAR 75, que es el barquito en cuestión, tendré que sacar el B96..
Gracias a todos de nuevo. |
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#6
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Supongamos que un remolque de MMA de 1.500kg pesa unos 390kg por lo que te deja 1.110kg para la ZAR75 y supongamos que la ZAR75 con digamos un motor de 130cv pesa unos 1.100kg todo cuadra.
Ahora que tenemos un remolque apropiado para la carga restamos la MMA al máximo permitido por el permiso “B” que son 3.500kg menos los 1.500kg del remolque y quedan 2.000kg pues si el vehículo que uses pesa menos de esos 2.000kg puedes circular con el permiso “B”. No obstante esto son charlas de taberna, en la DGT es en donde mejor te pueden informar. |
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Kalael (13-04-2020) | ||
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#7
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Se habla de pesos y de ancho, pero ¿hay límite por eslora, o por longitud total de coche + embarcación?
Un saludo ![]()
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"Se o remo rompe polo guión, paga patrón, se rompe pola pala, patrón paga" |
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