Hola de nuevo
Si, tienes razón
Pero el problema es que yo solo tengo la patente del anterior dueño y con el anterior nombre del barco
Primero quiero saber si eso es lo que quieren y si me dejaran seguir adelante después.
Si es asi , esta claro. Aunque me hagan enviárselo por correo ordinario y tenga que esperar 2 semanas mas(que eso es lo que pasara...), por esta decisión ( aun no podemos ir a capitania, además estan "teletrabajando"..... y ademas yo me encuentro a 150kms). Pero seria mas cómodo que me dejaran simplemente tirarla a la basura donde yo me encuentro, y no perder mas tiempo. Sabes muy bien que el alivio sería "orgasmico".
Pero me temo que , en el peor de los casos, me digan que tengo que tener una patente a mi nombre, y ahi es donde nos emponzoñamos.
Por eso quiero saber que dice la ley. Algo que despues de leerme todos los RD, aun no me queda claro si una vez que entra el rd del 2010, anula o hace innecesario la dichosa patente, para aquellos barcos que la tuvieran previamente expedida.
Todo esto, repito es para prepararme para lo peor, mientras.... ESPERO. Si existiese una buena comunicacion, lo mas seguro que en 5 minutos estaba resuelto. Ojala que el lunes me digan que vale ya esta..., pero me de a mi que esto, como decia antes, son piedrecitas que por alguna razon nos ponen en el camino.
Gracias de nuevo


