La Taberna del Puerto Almayer
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Antiguo 01-09-2020, 16:19
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Predeterminado Re: Controles de alcoholemia a embarcaciones.

Cita:
Originalmente publicado por Jadarvi Ver mensaje
Por otro lado, la ley habla de "ebriedad" específicamente, es decir, puees dar positivo y no estar ebrio... aquí hay mucha tela que cortar.

salud!!
Si te das cuenta, Jadarvi, el Real Decreto 973/2009, de 12 de junio, en su artículo 44, especifica que " La superación de este límite determinará que dicha persona se encuentra en estado de ebriedad a los efectos de la aplicación del régimen sancionador." Es decir, que si das positivo, la ley considera que estás ebrio, y te sancionan. Por cierto, es un artículo que preguntan SIEMPRE en los exámenes PPER.

Un saludo.
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Jadarvi (02-09-2020)
 

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