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VHF: Canal 77 | ![]() |
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#1
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![]() Arrimaos cofrades y tomad algo mientras os cuento.
El otro día un barco nos dio un golpe produciéndonos algunos desperfectos, y después de algunas visicitudes, la Guardia Civil consiguió identificar a quien nos había dado el golpe y que les diera el seguro. Y aquí es donde empieza lo insólito, con nuestro seguro no tenemos contratada la reclamación de daños, por lo que nuestra compañía no puede hacer la gestión, y la GC no nos facilita los datos del seguro del que nos provocó los daños y nos dice que solo se los puede dar al juzgado, por el tema de la protección de datos. Y aquí es donde estoy que no sé que hacer, si mi seguro no los pide porque no está contemplado en la póliza, y la GC no me los da porque soy un particular, ¿cómo puedo reclamar a la compañía contraria que se haga cargo de los daños? En fin, si a alguno se os ocurre algo para romper este círculo, se agradece la ayuda Tabernero, estas rondas, de mi cuenta |
#2
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![]() <<con nuestro seguro no tenemos contratada la reclamación de daños>>
Muchas veces lo barato sale caro.
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Stemma Proderi In Primis Bermei |
#3
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![]() Yo presentaría una denuncia en el juzgado de guardia o en la propia Guardia Civil. No soy abogado, pero supongo que al recibir la denuncia tienen que actuar identificando el causante de los daños. En cualquier caso, si esa persona no accede voluntariamente a dar parte a su seguro, no te queda otra que contratar un abogado para reclamar judicialmente.
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#4
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![]() Denuncia a la Guardua Civil.
Si la GC tienes constancia que sabe quien es el causante y tiene su seguro: Pideselo. Si te da el nombre del causante, lo denuncias. Si la GC no te da nada ni nombre ni seguro, habla con sus superiores. Están a nuestro servicio y su obligación es ayudar a resolver estas situaciones. Si se niegan, consulta a un abogado como proceder, y "a por todas "
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__________________________________ Derrotero Costa Brava... y otros temas con humor. visita mi blog: http://paralelo-42.blogspot.com |
#5
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![]() Cita:
Y sobre lo que te dicen de que lo barato sale caro, es muy fácil decirlo así desde fuera de la barrera; y más considerando que es muy difícil contratar seguros, ¿hay que ser un experto de todo? Yo la verdad es que he ido a mirar mi póliza (Generali) y sí que lo cubre, pero ante "la pregunta del millón" no habría podido responder si mi póliza la incluye la reclamación o no; no puedo imaginarme todos los supuestos porque uno entiende que un seguro está para cubrirte, qué sé yo como qué habrás sabido tú. Soy comprador profesional de pescado y a pesar de llevar muchos años, siempre hay algún fleco que queda colgando en cualquier transacción. Así que ánimo que seguro que lo solucionas. Yo hablaría también de nuevo con la compañía y les diría que lo arreglen o te das de baja; a veces te piden una extensión de póliza y cubren cosas menores como una gestión tan básica. ![]() |
2 Cofrades agradecieron a Aitonos este mensaje: | ||
Marina (21-10-2020), nautica23432 (21-10-2020) |
#6
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![]() Si la Guardia Civil tiene identificada la embarcación que te causó los daños, habrán abierto diligencias o algún tipo de informe en el que esté esto reflejado. Pídeles la referencia a esa diligencia (con el número de esta, no puedes identificar a nadie). Con esta referencia y las facturas de las reparaciones por los daños, deberías acudir al juzgado a interponer una reclamación de daños por el valor de las facturas contra la embarcación ya identificada por la Guardia Civil y cuyos datos identificativos constan en las diligencias con la referencia que te hayan facilitado y levantadas por los agentes con números que aparezcan en esas diligencias del acuartelamiento o puesto de la Guardia Civil que corresponda.
Si no hubieran redactado estas diligencias, pídeles que lo hagan y explícales que vas a reclamar los daños judicialmente y necesitas su atestado. Suerte. ![]() |
Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a Joanet78 | ||
llenyalfoc (21-10-2020) |
#7
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![]() Cita:
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#8
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![]() Yo entiendo que como parte interesada tienes derecho a obtener copia de las diligencias. Echa un ojo al artículo creo que 53 de la ley 30/2015 de procedimiento administrativo, a ver si te sirve.
Saludos. |
#9
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![]() Tienes que preguntar a que Juzgado ha sido repartida la denuncia de la Guardia Civil y comparecer como parte perjudicada asistido de Abogado y representado por Procurador.
Para daños de cuantía menor y en diligencias por ‘ delitos menos graves’ lo que antes se conocía como “ faltas”, que solo dan lugar a multa y condena de resarcir los daños causados, no es obligatorio ni la asistencia de Abogado ni la representación por Procurado, pero sí muy aconsejable si no quieres ir perdido y quieres evitar dar ningún laso en falso. Si no haces nada es previsible, o mejor dicho seguro, que conociendo tu identidad la Guardia Civil y constando en su atestado tus datos como propietario de la embarcación afectada por el accidente, además de los de su causante, recibas una citación del Juzgado para que comparezcas a su presencia para poder hacerte el ofrecimiento de acciones, debiendo manifestar que efectivamente ejercitas cuando menos la reclamación de las responsabilidades civiles, o sea el reintegro del valor de los daños causados por el accidente. Para avanzar en la solución, mejor que te proveas ya de un Presupuesto expedido por quien haya de reparar los daños y lo presentes al Juzgado lara la acreditación del valor de los dañis causados y que deseas reclamar. Lo más probable es que si el causante del accidente tiene seguro, recibas de su compañía una propuesta de indemnización. Si no lo tuviera, entonces las responsabilidades las debería atender él mismo, y tan pronto la Sentencia que las declare sea firme pides su ejecución, pudiendo embargar la embarcaciôn con la que causó los daños si es propia, caso de no atenderlos. No se trata pues de ningün caso insólito sino habitual cuando te dan un porrazo y no te dejan una nota... Ánimo! Saludos cordiales ![]() |
#10
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![]() Cita:
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#11
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![]() Te responderé como abogado. Al ser unos daños no dolosos no es delito y por tanto tu denucia queda archivada en dependencias de la Guardia Civil. Cualquier denuncia que presentes es inútil porque la archivarán de plano. Lo normal es que te dieran el dato de la aseguradora contraria. Si no te lo facilitan la Ley de Enjuiciamiemto Civil prevé unas Diligencias Preliminares que tienen como misión, entre otras, que la parte contraria facilite la póliza de su aseguradora. De todas las maneras, se supone que el contrario no es insolvente. Podrías demandarle a él solo y ya verás como aparece aseguradora.
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#12
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![]() Marina,
Te copio el art 76 de la Ley de contrato de seguro El perjudicado o sus herederos tendrán acción directa contra el asegurador para exigirle el cumplimiento de la obligación de indemnizar, sin perjuicio del derecho del asegurador a repetir contra el asegurado, en el caso de que sea debido a conducta dolosa de éste, el daño o perjuicio causado a tercero. La acción directa es inmune a las excepciones que puedan corresponder al asegurador contra el asegurado. El asegurador puede, no obstante, oponer la culpa exclusiva del perjudicado y las excepciones personales que tenga contra éste. A los efectos del ejercicio de la acción directa, el asegurado estará obligado a manifestar al tercero perjudicado o a sus herederos la existencia del contrato de seguro y su contenido. Si tienes los datos del asegurado, que creo que te los dio la GC puedes pedirle (hazlo por burofax) la póliza completa que asegura su embarcación. Y si no te lo da sí que podrías solicitarlo a través de unas diligencias preliminares como te dijo el cofrade. Suerte |
#13
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![]() Ah, otra cosa que se me olvidaba. En el Consorcio de Compensación de seguros puedes solicitar la póliza con los datos de la embarcación, al menos con coches funciona.
Siempre que la embarcación sea española. |
#14
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![]() Tuve un caso similar hace años con mi seguro y mi abogado lo solucionó sin mayor problema. Él mismo recabó la información del barco, de la póliza y negoció con la compañía contraria para que me indemnizara.
Si tu compañía puede hacer la reclamación vía su departamento legal -en caso de que tuvieras contratado este servicio-, no veo la razón para que no pueda hacerla otro abogado colegiado. ¡¡Coño, se dedican a eso!! suerte!! |
#15
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![]() Gracias a todos por las respuestas. De momento vamos a pedir un presupuesto de reparación, no vaya a costar más el entierro que la abuela, como apuntaba un cofrade por ahí. Después, ya veremos
De nuevo muchas gracias, y unas rondas de buen grog para todos |
#16
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![]() caso similar me paso a mi en mi velero,llego el vecino a motor y harto de wisky y se equivoca en marcha de avante en ves de atras y pum me dio en el perfil de la popa y entro a callejon rozando banda de babor.El armador se me puso bravo de cojones y sin mediar mas me queria pegar y me insulto.Quedo todo grabado en las camaras del puerto y en presencia del marinero de puerto.A la mañana siguiente y siendo lunes tome matricula y pase parte a mi seguro.Ellos se hizieron con todo el papeleo a los 15 dias mi seguro me llama diciendo que puedo proceder a la reparacion pues mi seguro lo pagara y luego reclamara a la compañia contraria.Total de reparacion 3800€ incluido varadero.
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#17
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![]() Cita:
Ante similar conducta, que te cargues un barco, o que causes lesiones a una persona, poca diferencia existe en orden a valorar una actitud dolosa. No veo pues descabellado que enviada denuncia con su atestado por la G.C. al Juzgado de Guardia, se aperturen dilegencias por delito menos grave, las anteriores “faltas”, y acto seguido el Juzgado llame al perjudicado para haverle ofrecimiento de acciones. Evidentemente si el perjudicado logra conocer antes la identidad del causante y de su aseguradora, nada le impide intentar una transacción extrajudicial. Pero también se desprende de su mensaje que no le dan esos datos aludiendo a la ley de protección de datos. Como perjudicado y parte interesada nada le impide pedir a la GC le informe de a que Juzgado ha enviado el atestado o pedir expresamente que lo haga para dalvaguarda de su derecho a ser indemnizado. Saludos ![]() |
#18
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![]() .
Me pondría en contacto con mi aseguradora y les solicitaría una ayuda legal. En caso de negativa les comentaría la alternativa de cambiar de aseguradora.... (por su eficaz ayuda). ![]() A ver que responden ![]() ![]() ![]() ![]() . |
#19
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![]() Ya están pedidos los presupuestos. Ahora a ver a cuanto asciende la reparación, y ver si compensa contratar abogado y procurador para ir al juzgado a pedir los datos de la póliza del susodicho y comenzar el litigio.
Por cierto, y por si os sirve de algo. En otro seguro que teníamos (no del barco), si teníamos la reclamación de daños, e intentamos que esta segunda compañía hiciera solo la gestión de conseguir los datos del seguro, pero nos dijeron que como el bien ya estaba asegurado con otro seguro, pues que, nasty de plasty ![]() Una ronda de grog para la banda y gracias de nuevo por las respuestas. |
Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a Marina | ||
anengra (27-10-2020) |
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