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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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Saludos.
Cómo uno de los "papeles" obligatorios que debemos llevar a bordo, está el Certificado de Registro; el "mal llamado", Permiso de navegación. Pero, realmente qué es el Certificado de Registro?. Para mí, es el documento que demuestra la propiedad del barco. Tan sólo es un documento donde la Autoridad marítima correspondiente, certifica que en el Registro figuras como propietario de una embarcación que en él se describe, nada más. Este documento es análogo al Permiso de Circulación de nuestros coches, ni más ni menos. Básicamente indica las características principales del vehículo y la referencia personal del propietario. Análogamente, en una aeronave, el documento que define características y propietario, se llama Certificado de Matrícula. Sin embargo, y aquí es donde reside la "singularidad" del Certificado de Registro, éste -absurdamente- tiene una Validez de cinco años. Por qué?. Cual es su motivo?. Acaso los otros dos documentos citados, cuya finalidad es la misma -demostrar una propiedad-, han sido gestionados por una entidad administrativa con más nivel jurídico, y la DGMM ha sido incapaz de simplificar el suyo?. ¿Nos podemos imaginar lo que sería, sí en la documentación de nuestros vehículos, cada 5 años tuviéramos que renovar el Permiso de Circulación?. Con toda seguridad las Jefaturas de Tráfico, se colapsarían mucho más de lo que están hoy. Menos mal, que un funcionario "pensante", se le ocurrió suprimir la inútil "Validez". Creo que la DGMM, debería "ponerse las pilas", y suprimir este "detalle", simplificándonos la vida y de paso, ahorrarse un montón de trabajo administrativo. Gestión que brindo su materialización a la estupenda ANAVRE, frente a la DGMM. Saludos. |
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#2
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![]() Es que cada 5 años, la administración cobra la tasa correspondiente, unos 18€, si mal no recuerdo. Lo se porque he tenido que renovar en julio de 2020. Buena proa y que se cumpla tu petición.
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En la mar, ni tiempo ni marea paran o esperan. Los doctores son hombres que prescriben medicinas que conocen poco, curan enfermedades que conocen menos, en seres de humanos de los que no saben nada. Voltaire (1694-1778) Albaid en youtube |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a Kiro | ||
Jesús (04-11-2020) | ||
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#3
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Kiro, yo también pagué los casi 18€ este verano.
Pero no es por el dinero, es la voluntad de simplificar; que bastante falta nos hace. Fíjate sí son "raros", -por la Administración. Para hacer coincidir la caducidad de la Validez de los papeles del barco con la fecha de la ITB, he pedido un nuevo Certificado de Registro -pagando su Tasa correspondiente-, y me lo han negado. Por qué?. No encuentro razones válidas y por eso les he pedido que me lo comuniquen por escrito y asó poder responder adecuadamente, ya que esta actuación por parte del que me niegue lo pedido, puede estar muy cerca de la prevaricación. |
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#4
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Jesús, gracias a tu aviso he visto que lo tengo caducado desde abril. Iré a ver a tu amigo Antonio para renovarlo.
Saludos Rafa
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![]() RAFNI KAI www.RAFNI.es "Sean felices, porque la vida es urgente. La vida es una y ahora, así que hay que vivirla a tope y con intensidad" |
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#5
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Cita:
Yo tengo el Certificado de Registro (Permiso de Navegación) y el Certificado de Navegabilidad (ITB) en la misma fecha, pero pensé en su momento hacer la armonización de ambos según los criterios comentados en este articulo de Mar Abierto, aclaración oficial a ANAVRE. http://www.marabierto.eu/puertos/not...isos-navegacio Creo, disculpa que hablo de memoria y no tengo los papeles aquí, que la única forma de tener el nuevo Permiso de navegación-Certificado de Registro sin la renovación de los cinco años es alegar robo, pérdida o deterioro. https://marinos.es/gestoria-nautica/...so-navegacion/ En fin ![]() ![]() |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a morraso | ||
Jesús (05-11-2020) | ||
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