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  #1  
Antiguo 20-11-2020, 12:50
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Predeterminado Abanderamiento pais no EU - Agencia Tributaria

Leyendo opciones de abanderamiento fuera de la UE como Canadá, me surge la duda de como se aplica la legislación tributaria.

https://www.agenciatributaria.es/sta...a_%20yates.pdf

Gracias y unas que el tema está complicado.
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  #2  
Antiguo 20-11-2020, 13:45
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Predeterminado Re: Abanderamiento pais no EU - Agencia Tributaria

Por lo que tengo entendido, si el barco tiene pagados impuestos en Europa (IVA / VAT...) es considerado mercancía UE, y no tienes problemas con aduanas y demás de cara a entrar, salir o pasearte por la Unión Europea. Todo ésto con independencia de la bandera.

Nótese la cantidad de barcos mercantes con bandera de países de conveniencia como Panamá o Liberia que navegan por nuestras aguas. El otro día pasando por el puerto de Santa Cruz de Tenerife vi hasta plataformas petrolíferas con bandera panameña, propiedad de una conocida compañía petrolera española.
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  #3  
Antiguo 20-11-2020, 13:48
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Predeterminado Re: Abanderamiento pais no EU - Agencia Tributaria

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Originalmente publicado por OliverdelaRosa Ver mensaje
[...]

El otro día pasando por el puerto de Santa Cruz de Tenerife vi hasta plataformas petrolíferas con bandera panameña, propiedad de una conocida compañía petrolera española.
¿A que la DGMM no se atreve a meterse con ésas?

Saludos y
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Si damos bordos de menos de 180º, llegaremos a algún sitio... (anónimo)
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  #4  
Antiguo 20-11-2020, 14:09
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Predeterminado Re: Abanderamiento pais no EU - Agencia Tributaria

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Originalmente publicado por Apagapenol Ver mensaje
¿A que la DGMM no se atreve a meterse con ésas?

Saludos y
Hasta los botes de rescate ponen "Panamá", a ver si cuando vuelva a pasar por ahí saco alguna foto.
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  #5  
Antiguo 20-11-2020, 16:14
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Predeterminado Re: Abanderamiento pais no EU - Agencia Tributaria

Disculpa mi ignorancia, pero si la DGMM busca prohibir cualquier bandera extranjera en barcos con armadores españoles, qué ventajas tiene la Bandera de Canadá?
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  #6  
Antiguo 20-11-2020, 21:24
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Predeterminado Re: Abanderamiento pais no EU - Agencia Tributaria

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Originalmente publicado por ru2lph Ver mensaje
Disculpa mi ignorancia, pero si la DGMM busca prohibir cualquier bandera extranjera en barcos con armadores españoles, qué ventajas tiene la Bandera de Canadá?
No se de donde te sacas esta afirmación. La DGMM no busca, ni puede prohibir que ningún ciudadano de la UE abandere su barco donde le plazca, ni de dentro ni de fuera de la UE. Hay opciones más o menos ventajosas. Lo que la DGMM busca, debido a la presión de las distintas empresas del sector, es que tengas que realizar la ITB y llevar los elementos de seguridad requeridos. Hay aquí unos resquicios importantes que nadie ha tocado. Los elementos de seguridad no tendrán que ser los autorizados por la DGMM si no los que el país de bandera autoriza, elemento importantísimo para el coste de los mismos. Bélgica por ejemplo no tiene ningún requisito para los extintores, pueden ser normales. La ITB no tiene que ser una empresa española, puede ser cualquiera de la UE, con lo que el precio puede variar. Y un elemento muy importante a evaluar, es que sólo se llevará a efecto dicho requisito durante el tiempo que dure entre el Decreto y la sentencia del tribunal europeo. Es evidente que esto supone una vulneración clara de la igualdad entre ciudadanos, mientras un ciudadano Belga puede navegar con un barco y una bandera con unas normas, otro ciudadano de la UE por el simple hecho de tener su residencia en otro país de la UE tiene que cumplir con otras normas con el mismo barco y la misma bandera. Si esto no es discriminación por residencia dentro de la UE que baje Cristo y lo aclare.

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  #7  
Antiguo 20-11-2020, 23:26
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Mas claro imposible.......... yo compre mi barco con bandera inglesa, fui a capitanía a preguntar para abanderarlo en España y me dijeron literalmente "uff... es un poco lio y te va a salir mas caro que otras opciones, casi mejor lo dejas como esta y mas adelante a ver si cambia la normativa... debiste comprarlo con bandera Española" , yo que en ese momento no tenia ni idea de los temas de papeleo náutico decidí en ese mismo momento cambiar a Belga u Holandesa como me había aconsejado la náutica a la que le compre el Barco.....
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Fr@nki
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Antiguo 21-11-2020, 10:04
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[...]

Los elementos de seguridad no tendrán que ser los autorizados por la DGMM si no los que el país de bandera autoriza, elemento importantísimo para el coste de los mismos. Bélgica por ejemplo no tiene ningún requisito para los extintores, pueden ser normales. La ITB no tiene que ser una empresa española, puede ser cualquiera de la UE, con lo que el precio puede variar.

[...]
Dudo mucho que la DGMM deje escapar esa presa tan apetitosa así como así.

Me temo que lo que pretenden es que los abanderados en el extranjero pasemos por el aro de las de las exigencias desmesuradas en cuanto a material y equipos, de las dobles homologaciones de ese material y de esos equipos y de los "proveeedores autorizados SL" (léanse entidades para la ITB, vendedores de los materiales y equipos previamente "bendecidos" por la DGMM e instaladores de esos mismos equipos).

Y tengo meridianamente claro que nos van a tratar de hacer la puñeta hasta el mismo momento en que los Tribunales les anulen sus pretensiones.

No brindo cuando hablo de estos sujetos.
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