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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#12
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Cuando hablamos de "comprar" un amarre, en realidad se trata de una concesión temporal denominada “Uso preferente”, generalmente por 30 años, aunque en muchos casos es mucho más tiempo.
Obviamente no se trata de una compra como tal, pero tampoco es un alquiler ya que el amarre es tuyo de facto durante el tiempo que dure la concesión, incluso puedes alquilarlo o “venderlo” (en realidad es traspasar la titularidad del amarre por el tiempo restante de la concesión) El alquiler por el contrario no te otorga la permanencia en el amarre, ni el precio del mismo puesto que el titular de su concesion es el puerto, CN, etc. En esto, como en todo hay que hacer números realistas y ver que le conviene más a cada cual. En mi caso supone como mínimo en el peor escenario al menos un ahorro de 25000€ en amarres a lo largo de la concesión de 30 años, posiblemente será bastante más, pero eso no significa que a todo el mundo le resulte una formula apropiada, a mi en su dia me pareció una buena idea.
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. Slava Ukrayini!.
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