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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#11
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Con esto prohíben expresamente pescar si hay agotamiento de cuota por barcos de tu pabellón, y también a los barcos cuyo pabellón no dispone de cuota para esa especie ( Holanda, Belgica, Polonia, paises bajos) y el barco ha estado pescando bajo licencia española.. Artículo 5. Limitaciones y vigencia de las licencias. 1. Con carácter general, estas licencias habilitan a sus titulares para la captura de las especies relacionadas en el anexo I, salvo que se regule para alguna de ellas su prohibición o restricción por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación. 2. La vigencia de las licencias que permiten la captura de las especies del anexo I será de cinco años desde la fecha de su emisión por parte de la autoridad competente de la comunidad autónoma o de las ciudades Ceuta y Melilla. 3. Para las especies sometidas a TAC y cuotas que no cuenten con una asignación específica a la pesca marítima de recreo de una parte de la cuota asignada anualmente a España por los Reglamentos de TAC y cuotas, se prohibirá la captura de las mismas mediante pesca marítima de recreo cuando se haya llevado a cabo el cierre de la pesquería para la pesca profesional en modalidades de pesca con el mismo tipo de artes o por agotamiento de la cuota asignada. Además, se prohibirá su captura a embarcaciones abanderadas en otros países que no tengan una cuota asignada para esa especie o stock. |
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