Navegación fuera de la zona de despacho
Las categorías de diseño indican que la embarcación cumple con la normativa correspondiente en relación al tipo de navegación adecuada: interior, costera, alta mar y oceánica.
Siguiendo la normativa española, una embarcación fabricada según categoría de diseño C (navegación costera) podría navegar en una zona correspondiente a la zona 4 (12 millas) como máximo siempre que adecuara su equipo de seguridad y salvamento a esa zona.
Puedes dar la vuelta al mundo con un barco de categoría C, pero no está preparado para ello según la normativa vigente. Y no sólo eso, sino que te podrían sancionar.
Entiendo que una vez fuera de España lo de la sanción no tendría efecto.
|