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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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Hola a todos,
Tengo una duda sobre cambio de motor fueraborda. En el registro ordinario de la embarcación, tengo puesto un motor de 10 caballos, pero actualmente tengo puesto uno de 30. ¿Tengo que pedir que me cambien en el registro? Tenia entendido que ahora no es necesario pedir cambios de motores fueraborda, ni informar. Pero por estar seguro. Gracias por todo. Un saludo. |
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#2
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Hola,
No hace falta, lo que necesitas es llevar documentación que acredite que el motor que llevas es tuyo y haber pagado los impuestos, IVA o ITP. Además la potencia del motor no puede superar la máxima que pueda montar la embarcación. Un saludo |
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#3
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Cita:
¿Qué es ITP? ¿Cómo se la potencia máxima que puede llevar mi embarcación? Un saludo. |
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#4
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Buenas noches,
Salvo que no tengas marcado CE, en el certificado de navegabilidad tendrás la potencia máxima de la embarcación. El ITP es el impuesto de transmisiones patrimoniales que se paga al comprar un artículo de segunda mano a otro particular. Cuando compres un motor fueraborda haz un contrato de compraventa y pídele al vendedor o vendedora una fotocopia de su DNI, con eso te vas a Hacienda y pagas lo que te corresponda, en Bizkaia es un 4% del valor del motor. Un saludo Editado por Gogor en 08-06-2021 a las 21:54. |
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#5
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Cita:
En el Certificado de Navegabilidad no me dice la potencia máxima: ![]() ¿Me recomendáis llamar a Capitanía para regularizar lo de la potencia máxima? ¿O mejor me callo y sigo así? Lo que no me gustaría es que pusiera algo inferior a lo que tengo. Lo del contrato, a ver como hago, que esto ya tiene años y creo que ha pasado de varias manos sin ningún contrato. Gracias por todo. |
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#6
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Hola,
Si en la documentación no pone nada de la potencia máxima, tampoco le daría muchas vueltas. Respecto al contrato, si no lo tienes, contacta con el que te lo vendió, haz un contrato y pídele una fotocopia de su DNI para pagar el ITP y quedarte tranquilo. A disfrutar! |
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#7
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Cita:
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