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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#3
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He hablado con mi abogado y me dice que
1. El puerto/club es "sustituto" del contribuyente que soy yo. Según la Ley Tributaria el "sustituto" no puede eludir esa responsabilidad... Y no os lo perdáis... si el sustituto (el puerto) no paga, le reclaman al contribuyente (el amarrista). 2. Grava IVA porque me factura, no ya la tasa, sino lo que ellos pagaron. Es decir el puerto no te cobra el impuesto, te repercute un gasto que ellos tienen al pagar esa tasa... De locos... Que mie*da de Ley ![]() ![]() ![]() Entonces tu debes pagar la tasa Pero han metido un sustituto que no aporta mucho en medio Al sustituto le cobran por estimación de volumen de trafico menos un 20% de descuento *regimen simplificado* Y el amarrista le ha de pagar lo que el sustituto le facture, repercutiendo el gasto y con IVA.
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| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a FAVIOV | ||
teteluis (14-09-2021) | ||
| Etiquetas |
| club, cobro, puerto, tasa g5, tasa t5 |
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