Cita:
Originalmente publicado por Fuerza 7
MARPOL (si no sabes lo que es lo puedes buscar en internet)
Anexo IV: Reglas para prevenir la contaminación por las aguas sucias de los buques (entrada en vigor: 27 de septiembre de 2003)
En el Anexo IV se establecen prescripciones para controlar la contaminación del mar por aguas sucias: la descarga de aguas sucias al mar está prohibida a menos que el buque utilice una instalación de tratamiento de aguas sucias aprobada o descargue aguas sucias previamente desmenuzadas y desinfectadas mediante un sistema aprobado, a una distancia superior a 3 millas marinas de la tierra más próxima, o a una distancia superior a 12 millas marinas de la tierra más próxima si no han sido previamente desmenuzadas ni desinfectadas.
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Pregunto, F7, desde mi ignorancia
¿El anexo IV no es de aplicación exclusivamente para los buques de arqueo bruto superior a 400 T ó que estén autorizados a transportar más de 15 personas?
Un cordial saludo.
