Cita:
Originalmente publicado por yaytor
buenos dias piratones,vaya una ronda de ron de caña para todo el local-
Vamos al lio,tengo una barquita despachada para 2 millas
Me informaron que para navegar de noche debia llevar luz de tope-alcance,inmediatamente y para evitar multazo fui y la compre,alli y despues de pagar me informaron que mi barca solo puede navegar de dia y se negaron a devolverme el importe porsupesto 
Alguien puede informarme que hay de cierto y donde puedo ver las atribuciones y deberes para no meter la pata
Muchas gracias por informar a un pobre paletillo
Vaya otra de ron 
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A ver si no me equivoco... Puedes navegar de entre el orto y el ocaso con la titulación que tienes, y luego tema luces, si tu "barquita" es de menos de 7 metros una luz blanca, y si es mayor luces estándar. Dices que compraste luz de tope + alcance, y me extraña, diría que me falta información.
Si llevas una blanca todo horizonte en menos de 7 metros está correcto, si llevas alcance + babor + estribor, sea en menos de 7 o en más de 7, es correcto. Si es velero y más de 7 metros, añade una steam light (no recuerdo ¿luz de motor o algo así? Es una luz de sector creo que 235 grados a medio palo).
Pero vamos, de lo que entiendo que tienes por embarcación y título, no problem, y si a una embarcación de menos de 7 le has metido las luces "superiores" sinceramente mejor que mejor.
