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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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Hola a todos y una ronda de mi cuenta de lo que cada uno quiera.
Pues tal y como dice el titulo, quisiera saber opiniones y/o datos de los miembros de esta santa taberna sobre si, teniendo un barco con bandera extranjera y siendo residente en este pais, es obligatorio llevar instalado un deposito de aguas negras cuando sí se lleva un WC marino montado y funcional. En el caso de que lo fuera, donde se refleja esto y , en ese caso, multas , consecuencias, etcs. Gracias por vuestras respuestas y buena proa. |
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#2
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Bandera española, si obligatorio.
Bandera de conveniencia, dependerá de los requisitos que establezca la legislacion de ese pais. Lo que no te exime, lleves el pabellón que lleves, de cumplir las normas de descarga. El famoso decreto: https://boe.es/buscar/pdf/2021/BOE-A...onsolidado.pdf ![]() |
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#3
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perdón, si eres español se aplica tambien:
Artículo 2.Ámbito de aplicación. c) Naveguen por las aguas interiores marítimas españolas o el mar territorial español,cualquiera que sea su Estado de pabellón, y que sean sus propietarios o tengan su uso ydisfrute, personas físicas o jurídicas con residencia o domicilio social en España. |
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#4
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Cita:
La verdad que no me he preocupado de elloporque tengo de negras y grises, pero ciertamente es fácil de montar salvo porque si como creo es exigible encima obligan a la toma de extracción exterior, que también tengo, y que da la risa como tengas que encontrar un puerto que tenga. ![]()
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Courage mieux que l'argent IG @asailorsoul |
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#5
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Aquí por ejemplo para ir a las illas atlánticas es obligatorio, da igual el pabellón que tengas.
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#6
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El echo que lleves el tanque no significa que cumples con la normativa en cuanto al vaciado. En este sacrosanto pais , con unas normas anacronicas , los gestores ponen unas normas para justificarse, pero sin el mas minimo sentido comun. hace unos años atras se decia que en un barco con inodoro marino, sin tanque de retencion, por el echo de llevar otro quimico, estaba en orden
. No lo tengo claro si ahora estaria bien.![]() |
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#7
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Si tienes que poner el deposito de aguas negras te exigirán también el indicador de nivel y la toma de vaciado en cubierta(aunque luego no valga para nada). En bandera española es necesario y creo que si navegas en aguas españolas también te lo pueden exigir independientemente de la bandera. Te lo digo de oidas, alguien que sea de otra bandera te lo podrá asegurar.
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#8
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Cita:
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#9
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Cita:
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BARRILES DE RON JAMAICANO PARA TODOS
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#10
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#11
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no has leído bien el post, cofrade "cuando sí se lleva un WC marino montado y funcional."
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#12
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Creo recordar que si hay varios WC marinos en el barco, el sistema de retencion y toda su parafernalia solo es exigible en uno de ellos.
Tambien vale si ademas de el marino llevas uno quimico, en cuyo caso no se exige el sistema de retencion en el marino. Al menos asi ha sido durante muchos años y no veo que se haya cambiado la norma aunque yo en su dia cuando salio la norma alla por el 2000 y poco corte por lo sano desmontando el WC marino y colocando un quimico. De todas formas hablo de memoria ya que no me interesa mucho el tema porque con el quimico me sobra y asi eliminé dos agujeros y evite tener que hacer alguno mas.
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. Slava Ukrayini!.
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#13
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Lo que yo veo, no es eso.
Si ha sido así, tampoco lo sé, pero en el enlace del ministerio de Fomento, parece claro. Si llevas un inodoro (no químico), con salida al exterior SI debes llevar depósito de almacenamiento aguas y con claridad dice la cantidad de litros a llevar en función de los autorizados que puedas llevar en el barco, a razón de 4 litros por persona /dia , y como mínimo para 2 días. Lo de si llevas un químico , ya el otro no es obligatorio yo no veo ningún sitio que lo diga. Otra cosa es que en la ITB , el o la empresa que lo haga y a su criterio lo “pase”, y diga como llevas un químico , pues dentro de las 3 millas utilizas ese y ya fuera pues y según la norma lo puedes vaciar al mar Editado por guiller en 14-05-2022 a las 12:49. |
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#14
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Si llevas mas de un WC marino, solo se exige el tanque KK en uno de ellos, eso parece que no ha cambiado.
Y repito, anteriormente, si llevabas un quimico y un marino, no se exigia tanque KK en el marino, ahora no veo ninguna referencia explicita sobre ese tema en la nueva RD, por lo que igual todo sigue como antes. Parece ser que el cofrade Vicalofaro ha pasado hace poco la ITB con esa combinacion y no le han puesto ninguna pega. Y aclaro que estoy muy desconectado del tema.
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. Slava Ukrayini!.
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#15
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La exigencia de medidas de retencion solo se exige cuando utilizas un sistema de WC que tiene salida al mar.
Si se trata de un quimico no hay ningun tipo de normativa al respecto porque no hay ninguna conexion que permita expulsar los residuos al mar, como si quieres llevar un cubo. Eso ya era asi y sigue igual.
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. Slava Ukrayini!.
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#16
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Cita:
![]() como era aquello, todo lo que no esta explicitamente prohibido......
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. Slava Ukrayini!.
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#17
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Como he comentado si lo pasan asi, pues vale, pero lo que digo es que si llevas un inodoro con salida al exterior no dice en ningún sitio que por llevar un químico , el de salida al exterior no hiciese falta ponerle depósito de retención.
De hecho a más de uno en alguna itb, le han hecho tapar los agujeros de salida , si no instalaba el dichoso depósito, explicando que él utilizaba un químico y ni utilizaba el instalado con salida. Como comentas que todo lo que no esté explícitamente prohibido ![]() ![]() Pero si dice explícitamente como debes llevarlo , luego si no lo llevas pues te pueden multar. ![]() |
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#18
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Si te pudieran multar por todo lo que no dicen las leyes de forma explicita no podriamos salir de casa.
En todo caso, parece que sigue todo igual y por lo tanto no deberia haber ningun problema. no lo ha habido durante los ultimos 15-20 años y el nuevo RD ni menciona el asunto. Si en una ITB se considera que todo es correcto, no parece que cualquier "torrente" pueda tocar las narices facilmente, una cosa es hacer una propuesta de sancion in situ, y otra que aquello prospere hasta convertirse en algo. Se exigia tapar las salidas al mar en aquellos WC marinos que no tenian depositos KK, ni otro WC, sea quimico ó Marino con sistemas de retencion.
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. Slava Ukrayini!.
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#19
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Como curiosidad cachonda, en ningun sitio dice que este prohibido mear por la borda. O cosas peores
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. Slava Ukrayini!.
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| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a markuay | ||
fr_crespo (15-05-2022) | ||
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#20
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El cofrade chincheta, preguntaba precisamente por el tema multas.
Por eso si pide opiniones , pues eso, yo no le diría “ no creo que pase na “. Vamos la norma dice lo que dice, y la pregunta del cofrade es con esa intención, es decir SI debe llevar depósito para que no te puedan multar. ![]() |
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#21
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La respuesta al cofrade Chincheta es muy fácil, si es residente en territorio Español y solo lleva un WC marino, debe llevar los elementos de retención que exige el RD independientemente del pabellón de su barco.
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| 2 Cofrades agradecieron a markuay este mensaje: | ||
keixo (16-05-2022), mediterraneo vlc (16-05-2022) | ||
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#22
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Exacto, así es Markuay
Y si , se compra un inodoro químico, eso no le exime de lo anterior, que eso también es para aclarárselo ![]() |
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#23
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Cita:
En cualquier caso debería consultarlo porque lo que digamos aquí no tiene la menor importància.
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. Slava Ukrayini!.
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#24
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#25
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Cita:
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BARRILES DE RON JAMAICANO PARA TODOS
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